Resolución 0064, por la cual se declara la caducidad del Convenio número 060 del 25 de noviembre de 1996. - 2 de Septiembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43140970

Resolución 0064, por la cual se declara la caducidad del Convenio número 060 del 25 de noviembre de 1996.

EmisorVarios - Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa
Número de Boletín44148

DIARIO OFICIAL 44.148 RESOLUCIÓN 0064 26/01/2000 por la cual se declara la caducidad del Convenio número 060 del 25 de noviembre de 1996. El Director Ejecutivo de Administración Judicial, en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: 1. Que la Nación - Consejo Superior de la Judicatura y la sociedad Power Vision de Colombia S.A. suscribieron el Convenio No. 060 de 1996, cuyo objeto consiste en "La emisión durante el tiempo de vigencia de este convenio (5 años) del documento denominado Tarjeta Profesional de Abogado que acredita al portador como abogado titulado y debidamente inscrito..." 2. Que, conforme con lo establecido en su cláusula cuarta, la firma Power Vision de Colombia S. A. se obliga a producir sellos en las cantidades necesarias y ponerlos a disposición de la Unidad de Registro Nacional de Abogados del Consejo Superior de la Judicatura, para su posterior uso en el proceso de laminación. Para ello, Power Vision se compromete a ubicar en las dependencias de la Unidad del Registro Nacional de Abogados, los equipos y el personal necesario, de conformidad con la cláusula quinta. 3. Que la cláusula sexta establece para Power Vision de Colombia S. A. la obligación de devolver al Registro Nacional de Abogados, dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de la respectiva documentación, las tarjetas impresas y troqueladas, correspondientes a los abogados listados en el diskette, para que con el material suministrado, la Unidad de Registro proceda con su personal, a laminar cada documento. 4. Que la Unidad de Registro Nacional de Abogados ha formulado múltiples requerimientos a la firma Power Vision de Colombia S.A., por causa de sus incumplimientos (Oficios Nos. 1823 del 23 de octubre de 1998, 2348 del 16 de diciembre de 1998; 083 del 25 de enero de 1999; 289 del 22 de febrero de 1999); al igual que ha remitido copias de los mismos a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y a esta Dirección Ejecutiva. 5. Que, mediante Resolución número 1141 del 4 de mayo de 1999, la Directora Ejecutiva de Administraci0n Judicial impuso, a la firma Power Visión de Colombia S.A., una multa por el incumplimiento de las obligaciones del Convenio No. 060 de 1996, acto administrativo confirmado mediante Resolución No. 1841 de julio 7 de 1999. 6. Que a pesar de lo anterior, la firma Power Vision de Colombia S.A. ha continuado presentando, en forma reiterada, incumplimientos con las mencionadas obligaciones del Convenio 060 de...

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