Resolución 01364, por la cual se establecen los factores de actualización de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias. - 1 de Marzo de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43189929

Resolución 01364, por la cual se establecen los factores de actualización de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín45113

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales, y especialmente de las conferidas por el artículo 19 literal i) del Decreto 1071 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 75 de la Ley 6 del 30 de junio de 1992 adicionó el Estatuto Tributario con el artículo 867-1, estableciendo la Actualización de las Obligaciones Tributarias pendientes de pago, enunciando que ¿los contribuyentes, responsables, agentes de retención y declarantes que no cancelen oportunamente los impuestos, anticipos, retenciones y sanciones a su cargo, a partir del tercer año de mora, deberán reajustar los valores de dichos conceptos en un porcentaje equivalente al incremento porcentual del índice de precios al consumidor nivel ingresos medios, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, por año vencido corrido entre el 1° de marzo siguiente al vencimiento del plazo y el 1° de marzo inmediatamente anterior a la fecha del respectivo pago...¿;

Que el artículo 108 de la Ley 6ª de 1992, hace extensiva tal actualización a las obligaciones aduaneras y el artículo 41 del Decreto 1092 de 1996 a las obligaciones cambiarias;

Que mediante los Decretos 20 y 1804 de 1994 fue reglamentado el artículo 867-1 del Estatuto Tributario;

Que el inciso final del artículo 867-1 del Estatuto Tributario precisa que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales señalará anualmente la tabla contentiva de los factores de actualización que faciliten a los contribuyentes y usuarios aduaneros, liquidar el monto a pagar durante la respectiva vigencia, de las obligaciones que se encuentren en mora, y sean susceptibles de actualización;

Que se hace necesario establecer los factores correspondientes al período comprendido entre el 1° de marzo de 2003 y el 29 de febrero de 2004,

RESUELVE:

Artículo 1° Establecer la tabla contentiva de los factores de actualización que facilite a los contribuyentes y usuarios aduaneros, la liquidación del monto a pagar por obligaciones que se encuentren en mora y deban ser actualizadas, cuando estas no generen intereses de mora, así:

TABLA NUMERO 1

Tabla para la actualización de obligaciones tributarias y aduaneras con tres o más años de mora canceladas a partir del 1° de marzo de 2003, por sanciones y otros conceptos que no generan intereses moratorios

Rango de vencimiento (1) Punto inicial actualización

Marzo 1°/79 a febrero 28/80 Marzo 1°/83 (2) 20

Factor aplicable (3) 32.5981662

Marzo 1°/80 a febrero 28/81 Marzo 1°/84 (2) 19

Factor aplicable (3) 27.65026537

Marzo 1°/81 a febrero 28/82 Marzo 1°/85 (2) 18

Factor aplicable (3) 22.85136977

Marzo 1°/82 a febrero 28/83 Marzo 1°/86 (2) 17

Factor aplicable (3) 18.4720955

Marzo 1°/83 a febrero 28/84...

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