Resolución 01887, por la cual se regulan aspectos relacionados con los trámites de inscripción, actualización y cancelación en el Registro Unico Tributario ¿ RUT - 28 de Febrero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43247030

Resolución 01887, por la cual se regulan aspectos relacionados con los trámites de inscripción, actualización y cancelación en el Registro Unico Tributario ¿ RUT

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín46556

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el artículo 555-2 del Estatuto Tributario, en el literal cc) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999 y en el Decreto 2788 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 555-2 y 562-1 del Estatuto Tributario y en el Decreto 2788 de 2004, corresponde a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales regular los procedimientos para la inscripción, actualización y cancelación en el Registro Unico Tributario - RUT, de todos los sujetos que deban cumplir con las obligaciones administradas y controladas por esta entidad;

Que a propósito del Registro Unico Tributario - RUT, se han expedido las Resoluciones 8502 de 2004, y 8202 de 2005 que regulan los procesos de inscripción, actualización y cancelación y, toda vez que algunos de estos procesos han sido optimizados en función de mejorar el servicio, es necesario adecuar las normas existentes y, por claridad, unificarlas en un solo cuerpo normativo,

RESUELVE:

Artículo 1° Inscripción en el Registro Unico Tributario - RUT

La inscripción en el Registro Unico Tributario -RUT- de los sujetos de obligaciones administradas y controladas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, comprende el diligenciamiento del formulario oficial, su presentación ante la Administración, Cámaras de Comercio o puntos habilitados para el efecto, y la formalización de la inscripción.

Artículo 2° Diligenciamiento del Formulario Registro Unico Tributario - RUT

El diligenciamiento del formulario oficial de inscripción en el Registro Unico Tributario - RUT, se realiza a través de los servicios informáticos electrónicos, de manera virtual o presencial.

La opción presencial, implica en todo caso el diligenciamiento de la solicitud de inscripción a través de los servicios informáticos electrónicos en forma asistida, en las Administraciones de Impuestos, de Aduanas, y de Impuestos y Aduanas Nacionales, Cámaras de Comercio o puntos de atención habilitados para el efecto.

Parágrafo. Lo previsto en el presente artículo se aplicará igualmente a los obligados que aún no cuenten con Registro Mercantil.

Artículo 3° Presentación del formulario de Inscripción en el Registro Unico Tributario - RUT

El formulario diligenciado deberá imprimirse y presentarse en forma personal o a través de un tercero debidamente autorizado, mediante escrito autenticado ante Notario, en las Administraciones de Impuestos, de Aduanas, y de Impuestos y Aduanas Nacionales, en la correspondiente Cámara de Comercio o en los puntos habilitados para el efecto.

Sin perjuicio de lo previsto en el inciso anterior, las personas naturales que se encuentren en el exterior podrán presentar el formulario de inscripción, previo diligenciamiento, en el Consulado del país de residencia y a través de este se hará entrega del certificado. En su defecto, enviarán la solicitud de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR