Resolución 0264, por la cual se fijan las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental en el área de jurisdicción de Cortolima y se adoptan otras medidas. - 15 de Marzo de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43205369

Resolución 0264, por la cual se fijan las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental en el área de jurisdicción de Cortolima y se adoptan otras medidas.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima)
Número de Boletín45491

El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, Cortolima, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 99 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 99 de 1993, en su artículo 31, numerales 11, 12 y 13 autoriza a las Corporaciones Autónomas Regionales ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, así como expedir, y otorgar las respectivas licencias ambientales; permisos, concesiones, autorizaciones y recaudar las contribuciones, tasas, derechos de tarifas y multas conforme lo establece la ley;

Que el artículo 46 de la Ley 99 de 1993, establece cómo está constituido el patrimonio y rentas de las Corporaciones Autónomas Regionales;

Que la Ley 633 del 29 de diciembre de 2000, en su artículo 96, autorizó a las autoridades ambientales para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento, de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo ambiental, establecidos en le ley y los reglamentos, fijando la metodología para establecer las respectivas tarifas;

Que se hace necesario desarrollar el sistema y método de cálculo establecido en la mencionada disposición para liquidar las tarifas que deben pagar los usuarios de Cortolima por conceptos de evaluación y seguimiento ambiental;

Para el cobro de las tarifas por los servicios de evaluación, seguimiento y demás instrumentos de control y manejo ambiental, se aplicará la metodología consagrada en el artículo 96 de la Ley 633 de 2000 así:

  1. Honorarios: El valor total de los honorarios de los profesionales requeridos para la realización de la tarea propuesta, para lo cual se estimará el número de profesionales por mes o contratistas por mes y se aplicarán las categor ías y tarifas de sueldos de contratos del Ministerio de Transporte.

  2. Valor de los viáticos y gastos de viaje: Se hará sobre unos estimativos de visitas a la zona de proyecto calculando...

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