Resolución 035, por la cual se aprueba el presupuesto de ingresos y gastos de empresas sociales del Estado, dedicadas a actividades no financieras, para el período fiscal del 1° de julio al 31 de diciembre de 200 - 3 de Julio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43194299

Resolución 035, por la cual se aprueba el presupuesto de ingresos y gastos de empresas sociales del Estado, dedicadas a actividades no financieras, para el período fiscal del 1° de julio al 31 de diciembre de 200

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45237

El Director General del Presupuesto Público Nacional, en uso de la facultad que le confiere la delegación aprobada por el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en sesión del 25 de junio de 2003,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 790 del 27 de diciembre de 2002, ¿por la cual se expiden disposiciones para adelantar el programa de renovación de la administración pública y se otorgan una facultades extraordinarias al Presidente de la República¿, en el literal e) del artículo 16, se facultó al Presidente de la República para: ¿e) Señalar, modificar y determinar los objetivos y la estructura orgánica de las entidades u organismos resultantes de las fusiones o escisiones y los de aquellas entidades u organismos a los cuales se trasladen las funciones de las suprimidas¿;

Que mediante Decreto número 1750 del 26 de junio de 2003, con base en las facultades extraordinarias conferidas al Presidente de la República en los literales d), e), f) y g) del artículo 16 de la Ley 790 de 2002, se escindió del Instituto de Seguros Sociales la Vicepresidencia de Prestación de Servicios de Salud, todas las Clínicas y todos los Centros de Atención Ambulatoria, y se crearon las Empresas Sociales del Estado Rafael Uribe Uribe, José Prudencio Padilla, Antonio Nariño, Luis Carlos Galán Sarmiento, Policarpa Salavarrieta, Francisco de Paula Santander y Rita Arango Alvarez del Pino;

Que en el artículo 5° del Estatuto Orgánico del Presupuesto se establece que las empresas sociales del Estado del orden nacional que constituyan una categoría especial de entidad pública descentralizada, se sujetarán al régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado:

Que en sesión del día 25 de junio de 2003, el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, delegó en el Director General del Presupuesto Público Nacional la aprobación de los presupuestos de ingresos de las Empresas Sociales del Estado creadas como consecuencia de la escisión del Instituto de Seguro Sociales;

Que el inciso 2° del artículo 18 del Decreto 115 de 1996 establece que el Confis o quien éste delegue, aprobará por resolución el presupuesto y las modificaciones de los presupuestos de las empresas industriales y comerciales del Estado y de las sociedades de economía mixta sujetas al régimen de aquellas dedicadas a actividades no...

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