Resolución 03969, por la cual se adiciona una Parte Décimo Segunda sobre Meteorología Aeronáutica a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia. - 29 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43242116

Resolución 03969, por la cual se adiciona una Parte Décimo Segunda sobre Meteorología Aeronáutica a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín46406

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren los artículos 1782 y 1815, del Código de Comercio, en concordancia con lo establecido en los artículos 2º, 5° numerales 3, 4, 6, 8 y 10, y 9° numeral 4 del Decreto 260 de 2004, y

CONSIDERANDO:

¿ Que Colombia es miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), organización que ha expedido el Anexo 3 sobre el Servicio Meteorológico para la navegación aérea internacional en donde resalta que el conocimiento de las condiciones meteorológicas reinantes o probables es de vital importancia para el desarrollo de la navegación aérea y determina la forma de difundir la información para que sea conocida, no solo por quienes operan las aeronaves, sino también por quienes prestan Servicios de Tránsito Aéreo y Servicios de Información Aeronáutica, constituyendo un servicio imprescindible para la seguridad aérea.

¿ Que el artículo 1808 del Código de Comercio define la infraestructura aeronáutica como el Conjunto de instalaciones y servicios destinados a facilitar y hacer posible la navegación aérea, tales como aeródromos, señalamientos, iluminación, ayudas a la navegación, informaciones aeronáuticas, telecomunicaciones, meteorología, aprovisionamiento y reparación de aeronaves.

¿ Que es función de la UAEAC el armonizar las disposiciones que promulgue la Organización de Aviación Civil Internacional con los Reglamentos Aeronáuticos Colombianos como lo dispone el artículo 5 del Decreto 260 de 2004, y garantizar el cumplimiento del Convenio de Aviación Civil Internacional y sus anexos, artículo 3° del precitado decreto.

¿ Que el Anexo 3 ¿ Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea Internacional ¿ al Convenio sobre Aviación Civil Internacional ha sido objeto de múltiples modificaciones por parte de la Organización de Aviación Civil Internacional, situación que conlleva ajustes en las normas internas de la República de Colombia, con el fin de dar cumplimiento al compromiso adquirido por nuestro país en el a rtículo 37 del referido instrumento internacional.

¿ Que de acuerdo con el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, y en concordancia con el Código de Comercio, la Ley 105 de 1993 y el Decreto 260 de 2004 corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil el reglamentar el suministro del Servicio Meteorológico Aeronáutico para la aviación civil nacional e internacional.

¿ Que se hace necesario implementar en las normas aeronáuticas colombianas, los estándares internacionales promulgados por la Organización de Aviación Civil Internacional.

¿ Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1° Adiciónase una Parte 12 a los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, denominada Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea, así.
Parte 12 Artículo 2

SERVICIO METEOROLOGICO PARA LA NAVEGACION AEREA

12.1. Definiciones

Cuando los términos y expresiones indicados a continuación se empleen en estos Regl amentos Aeronáuticos destinados al servicio meteorológico para la navegación aérea nacional e internacional, tendrán los siguientes significados.

Aeronotificación. Informe de una aeronave en vuelo preparado de conformidad con los requisitos de notificación de posición y de información operacional o meteorológica.

Altitud Mínima del Sector. La altitud más baja que puede usarse y que permite conservar un margen vertical mínimo de 300 m (1000 ft), sobre todos los obstáculos situados en un área comprendida dentro de un sector circular de 46 km (25 NM) de radio, centrado en una radioayuda para la navegación.

Autoridad ATS Competente. La autoridad apropiada designada por el Estado responsable de proporcionar los servicios de tránsito aéreo en el espacio aéreo de que se trate.

Autoridad Meteorológica Competente. Organismo responsable del suministro de los servicios meteorológicos para la navegación aérea nacional e internacional, que en Colombia es la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, sin perjuicio de las competencias que correspondan al Instituto de Hidrología Meteorología y Estudios Ambientales en la prestación del servicio Meteorológico.

Boletín Meteorológico. Texto que contiene información meteorológica precedida de un encabezamiento adecuado.

Banco de Datos Meteorológicos Operativos (Banco OPMET). Posición de trabajo del área de prest ación de servicios de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil que por medio de bases de datos es la encargada de recolectar, validar, intercambiar, almacenar, difundir o responder a solicitudes de información meteorológica aeronáutica operativa a través de la AFTN.

Canal Meteorológico de Radares. Información meteorológica, que envían los radares de tránsito aéreo para la explotación en un Centro de Control o facilidad Aeronáutica.

Canal Meteorológico Operacional. Canal del servicio fijo aeronáutico (AFS), para el intercambio de información meteorológica aeronáutica.

Centro de Avisos de Cenizas Volcánicas (VAAC). Centro meteorológico designado en virtud de un acuerdo regional de navegación aérea para proporcionar a las oficinas de vigilancia meteorológica, centros de control de área, centros de información de vuelo, centros mundiales de pronósticos de área, centros regionales de pronósticos de área pertinentes y bancos internacionales de datos OPMET, información de asesoramiento sobre la extensión lateral y vertical y el movimiento pronosticado de las cenizas volcánicas en la atmósfera después de las erupciones volcánicas.

Centro de Avisos de Ciclones Tropicales (TCAC). Centro meteorológico designado en virtud de un acuerdo regional de navegación aérea para proporcionar a las oficinas de vigilancia meteorológica, a los centros mundiales de pronóstico de área y a los bancos internacionales de datos OPMET información de asesoramiento sobre la posición, la dirección y la velocidad de movimiento pronosticadas, la presión central y el viento máximo en la superficie de los ciclones tropicales.

Centro Coordinador de Salvamento (RCC). Dependencia encargada de promover la buena organización de los servicios de búsqueda y salvamento y de coordinar la ejecución de las operaciones de búsqueda y salvamento dentro de una región de búsqueda y salvamento.

Centro Meteorológico Regional (CMR). Dependencia encargada de elaborar y emitir pronósticos y análisis a escala regional, que cumple además funciones de vigilancia meteorológica para su respectiva región de información de vuelo (FIR).

Centro Mundial de Pronósticos de Area (WAFC). Centro meteorológico designado para preparar y proporcionar pronósticos en altitud en forma digital o gráfica a escala mundial a los centros meteorológicos de los distintos países.

Ciclón Tropical. Término genérico que designa un ciclón de escala sinóptica no frontal que se origina sobre las aguas tropicales o subtropicales y presenta una convección organizada y una circulación ciclónica caracterizada por el viento en la superficie.

Consulta. Asesoría solicitada a un meteorólogo o a otra persona calificada sobre las condiciones meteorológicas existentes o previstas relativas a las operaciones de vuelo y que incluye respuestas a preguntas.

Datos Reticulares en forma Digital. Datos meteorológicos tratados por computadora, correspondientes a un conjunto de puntos de un mapa, espaciados regularmente entre sí, para su transmisión desde una computadora meteorológica a otra computadora en forma de clave adecuada para uso en sistemas automáticos.

Doc umentación de Vuelo. Documentos escritos o impresos, incluyendo mapas o formularios, que contienen información meteorológica para un vuelo.

Estación Meteorológica Aeronáutica. Estación designada para hacer observaciones e informes meteorológicos para uso en la navegación aérea nacional e internacional.

Estación Meteorológica Automática. Dispositivo fundamentalmente electrónico, mediante el cual se realizan mediciones y registros de variables meteorológicas, según los sensores disponibles.

Exposición Verbal. Comentario verbal sobre las condiciones meteorológicas existentes o previstas, respaldado por la respectiva documentación de vuelo.

ETMS. Sistema ampliado de Gestión de Tránsito Aéreo que forma parte del esquema ATFM de la UAEAC.

Gestión de afluencia del tránsito aéreo (ATFM). Servicio establecido con el objetivo de contribuir a una circulación segura, ordenada y expedita del tránsito aéreo asegurando que se utiliza al máximo posible la capacidad ATC, y que el volumen de tránsito es compatible con las capacidades declaradas por la autoridad ATS competente.

Hectopascal (hPa). Medida internacional de presión atmosférica equivalente a 1000 dinas/cm2. por consiguiente, un hPa equivale a un milibar.

IDEAM. Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales de Colombia.

Información AIRMET. Informe que expide una oficina de vigilancia meteorológica respecto a la presencia real o prevista de determinados fenómenos meteorológicos en ruta que puedan afectar a la seguridad de los vuelos a baja altura en la región de información de vuelo de que se trate o en un espacio aéreo de la misma.

Información Meteorológica. Informes meteorológicos, análisis, pronósticos y cualquiera otra declaración relativa a condiciones meteorológicas existentes o previstas.

Información Meteorológica Operativa (OPMET). Información meteorológica utilizada en la planificación de vuelos o como apoyo a la aeronavegación.

Información SIGMET. Información expedida por una oficina de vigilancia meteorológica, relativa a la existencia real o prevista de fenómenos meteorológicos relevantes en rutas especificadas, que pueden afectar la seguridad de las operaciones de aeronaves.

Informe Meteorológico Ordinario (METAR). Declaración de las condiciones meteorológicas observadas en relación con una...

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