Resolución 0473, por la cual se declara la terminación unilateral de un contrato, se exige el pago de una cláusula penal pecuniaria y se hace efectiva una garantía - 20 de Agosto de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43163294

Resolución 0473, por la cual se declara la terminación unilateral de un contrato, se exige el pago de una cláusula penal pecuniaria y se hace efectiva una garantía

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Salud Comisión de Personal
Número de Boletín44525

DIARIO OFICIAL 44.525 RESOLUCIÓN 0473 16/07/2001 por la cual se declara la terminación unilateral de un contrato, se exige el pago de una cláusula penal pecuniaria y se hace efectiva una garantía. El Director General del Instituto Nacional de Salud, en uso de sus facultades legales y en especial las consignadas en el artículo 8° del Decreto 1291 de 1994 y artículo 3° del Decreto 1049 de 1995, y CONSIDERANDO: 1. Que con fecha 28 de junio de 1996 se suscribió el contrato de contraprestación de servicios número 01 de 1996 entre el Instituto Nacional de Salud, y Jaime Alberto Muñoz Fuentes el cual tenía como objeto garantizar por parte del beneficiario la contraprestación de servicios, con motivo de la comisión de estudios que el Instituto le concedió a fin de realizar un postgrado en Ciencias Animales de Laboratorio en el Gabinete de Veterinaria de la Universidad Autónoma de Madrid (España) durante un (1) año a partir del primero (l°) de julio de 1996. El término de duración del contrato era el de duración de la Comisión de estudios, doce (12) meses, contados a partir del 1° de julio de 1996 y veinticuatro (24) meses más, contados a partir de la flecha de reincorporación del beneficiario al cargo que le asigne el Instituto. Su valor se estimó en la suma de $10.169.875 equivalente a los sueldos y prestaciones que devengaría el Beneficiario durante el término de la comisión de estudios. 2. Que con fecha 21 de julio de 1997 se suscribió el contrato adicional de contraprestación número 01 al contrato número 01 de 1996 entre el Instituto Nacional de Salud y Jaime Alberto Muñoz Fuentes el cual tenía como objeto garantizar por parte del beneficiario Comisionado, la contraprestación de servicios profesionales, con motivo de la comisión de estudios y sus prórrogas, que el Instituto le concedió a fin de realizar estudios del tercer ciclo (Doctorado) en el Departamento de Biología Molecular de la Facultad de Ciencias en la Universidad Autónoma de Madrid, España, durante dos (2) años a partir del primero 1° de julio de 1996. El término de duración del contrato comprendía la duración de la comisión de estudios y su prórroga que es de dos (2) años, contados a partir del 1° de julio de 1996, y cuarenta y ocho (48) meses más, contados a partir de la fecha de reincorporación del beneficiario Comisionado. Su valor se estimó en la suma de $21.179.727 equivalente a los sueldos y prestaciones que devengó y devengará el Beneficiario Comisionado. 3. Que con fecha 28...

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