Resolución 0677, por la cual se acoge un concepto técnico ambiental - 11 de Febrero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43171437

Resolución 0677, por la cual se acoge un concepto técnico ambiental

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín44705

EL Director General de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, ¿Corpoboyacá¿, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas en la

Ley 99 de 1993, y

VISTOS:

.....................................................................................................................

RESUELVE:

Artículo 1º. Acoger el concepto técnico U?049 de 2001 de fecha 20 de diciembre de 2001, emanado de la Subdirección de Gestión Ambiental de Corpoboyacá, según el

cual la construcción y funcionamiento del Centro de Profesionales de la Fundación Universitaria de Boyacá, que consta de seis pisos y dos sótanos de parqueo, no requiere de

Licencia Ambiental, proyecto ubicado en la Carrera 2ª Este número 67B?90 área urbana de la ciudad de Tunja, cuyo interesado es el doctor Osmar Correal Cabral, en calidad

de Rector de la Fundación Universitaria de Boyacá.

Artículo 2º. El doctor Osmar Correal Cabral en su calidad de interesado, deberá en forma inmediata instalar las medidas de señalización reseñadas en el estudio de impacto

ambiental presentado a esta entidad. Además, deberá dar cumplimiento a las obligaciones indicadas en el plan de manejo ambiental propuesto y evaluado por esta entidad, en

especial el manejo de los movimientos de tierra en las actividades de excavación, como presentar los aislamientos por parte de Ferrovías para la construcción del jarillón.

Artículo 3º. El interesado será responsable de los perjuicios que por ocasión del desarrollo del proyecto se puedan causar a terceros, ante el incumplimiento de las

obligaciones impuestas en este proveído.

Artículo 4º. Corpoboyacá podrá supervisar y verificar en cualquier momento el cumplimiento de lo dispuesto en esta providencia. Cualquier contravención de la misma

conllevará a la aplicación de las sanciones legales vigentes a que haya lugar.

Artículo 5º. Enviar copia de la presente providencia a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR