Resolución 0817, por medio de la cual se renueva una licencia ambiental - 11 de Febrero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43246481

Resolución 0817, por medio de la cual se renueva una licencia ambiental

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autonoma Regional de Boyacá -"Corpoboyacá"
Número de Boletín46539

El Subdirector de Gestión Ambiental de Corpoboyacá, en uso de las facultades conferidas por el Acuerdo 010 y la Resolución número 741 del 28 de julio de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante acto administrativo número 0967 del 24 de diciembre 1998, esta Corporación otorgó licencia ambiental a la Empresa Ciudad Limpia S. A. ESP, para la construcción y operación de un relleno sanitario ubicado en la vereda Purgua del municipio de Tunja;

Que mediante la Resolución número 391 de 26 de julio de 2000, la Corporación hizo una aclaración a la Resolución 967 de 1998, donde se estableció que el término de la licencia ambiental se extenderá por un período de 5 años, contados a partir del 26 de julio de 2000, día de la notificación del acto administrativo;

Que por intermedio del acto administrativo número 243 de 11 de marzo de 2003, Corpoboyacá autorizó la cesión de la licencia ambiental otorgada mediante Resolución número 0967 del 24 de diciembre de 1998 a la Empresa Ciudad Limpia S. A. ESP, a favor del municipio de Tunja;

Que mediante oficio número 4901 del 29 de mayo de 2003 el señor Omar Oswaldo Orjuela Jiménez, en su calidad de Secretario de Servicios Públicos y Medio Ambiente de la Alcaldía Mayor de Tunja, presentó, ante Corpoboyacá, solicitud de modificación de licencia Ambiental del relleno sanitario del municipio de Tunja localizado en la vereda de Pirgua, para obtener la viabilidad de la regionalización del mismo, la cual fue admitida mediante Auto número 04-206 del 12 de mayo de 2004, procediéndose a su evaluación, de la que se profirió el Auto número 04-0264 del 10 de junio de 2004, en el que se solicitó al titular de licencia la aclaración y complementación del estudio técnico-ambiental presentado, con el objeto de determinar la viabilidad de la modificación de la licencia ambiental;

Que a través de oficio número 6427 del 9 de septiembre de 2004 el municipio de Tunja presentó el documento de aclaración y complemento de la solicitud de modificación de la licencia ambiental del relleno sanitario del municipio de Tunja localizado en la vereda Pirgua, el cual fue evaluado por el Grupo de Licencias y Permisos de la Subdirección de Gestión Ambiental, presentándose concepto técnico de fecha 7 de febrero de 2005, el cual sirvió de fundamento para proferir el Auto número 247 del 5 de abril de 2005 en el que se requiere al municipio de Tunja para la complementación de la información evaluada por Corpoboyacá, en lo relacionado con el proceso de recuperación de cárcavas con material de barrido y el Plan de Seguimiento y Monitoreo de Aguas Subterráneas y diseño de la red de monitoreo de aguas subterráneas por medio de piezómetros;

Que mediante oficio radicado bajo el número 3628 de 16 de mayo de 2005, el alcalde de Tunja, doctor Benigno Hernán Díaz, solicitó a esta Corporación la prórroga de la licencia ambiental otorgada mediante la Resolución número 391 del 26 de julio de 2000;

Que mediante el radicado número 3970 del 25 de mayo de 2005, el municipio de Tunja presentó la información requerida por esta Corporación para dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el Auto número 0247 de fecha 5 de abril de 2005;

Que el doctor William Sierra Agudelo, Secretario de Servicios Públicos y Medio Ambiente del municipio de Tunja, mediante oficio número 5343 del 19 de julio de 2005 solicitó la suspensión del trámite de la solicitud presentada para la modificación de la licencia ambiental para el relleno sanitario de Pirgua, manifestando que de acuerdo con la evaluación hecha por esa administración municipal y la empresa Servigenerales S. A. ESP, no se consideraba viable la regionalización de dicho relleno. Así mismo adjuntó documento con las proyecciones de la vida útil del relleno sanitario;

Que esta Corporación, por intermedio del Grupo de Licencias y Permisos de la Subdirección de Gestión Ambiental, procedió a la evaluación de la información presentada por el municipio de Tunja, con el objeto de determinar la viabilidad de la prórroga solicitada, teniendo en cuenta que se había presentado el desistimiento de la...

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