Resolución 09926, por la cual se imparten instrucciones para el trámite y reconocimiento de las situaciones administrativas de los Servidores Públicos de la Contribución del nivel central de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. - 4 de Diciembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43201120

Resolución 09926, por la cual se imparten instrucciones para el trámite y reconocimiento de las situaciones administrativas de los Servidores Públicos de la Contribución del nivel central de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín45391

El Subsecretario de Personal, en uso de sus facultades legales y en especial la conferida por el numeral 5 del artículo 13 del Decreto 1265 del 13 de julio de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario dotar a los servidores públicos de la contribución del nivel central de una guía de carácter general que los oriente sobre la solicitud, trámite y reconocimiento de las situaciones administrativas de personal;

Que el numeral 5 del artículo 13 del Decreto 1265 de 1999 faculta al Subsecretario de Personal para reglamentar, asesorar y supervisar el correcto registro de las situaciones administrativas de personal, el trámite de dichas situaciones y la prestación de servicios por parte de las administraciones;

Por lo anteriormente expuesto, el Subsecretario de Personal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,

RESUELVE:

Artículo 1º Situaciones administrativas

Las siguientes son las situaciones administrativas en que se pueden encontrar los servidores públicos de la DIAN durante su vida laboral, desde su ingreso hasta su retiro de la entidad.

  1. En servicio activo

  2. En designación de jefatura

  3. En asignación de funciones

  4. En comisión

    4.1 De servicios

    4.2 De carácter reservado

    4.3 De capacitación

    4.4 De estudios

    4.5 Para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o instituciones privadas.

    4.6 Para investigación

    4.7 Para ejercer cargos de libre nombramiento y remoción.

  5. En licencia

    5.1 Licencia ordinaria sin remuneración

    5.2 Licencia por enfermedad

    5.3 Licencia por maternidad

    5.4 Licencia no remunerada para adelantar estudios

  6. En permiso

  7. Suspendido en el ejercicio del cargo

    7.1 Por orden judicial

    7.2 Como consecuencia de investigación disciplinaria

  8. En vacaciones

    8.1 Disfrute

    8.1.1 Tiempo de servicios para adquirir el derecho a vacaciones

    8.1.2 Prima de vacaciones

    8.1.3 Prescripción de las vacaciones

    8.2 Aplazamiento

    8.3 Interrupción

    8.4 Indemnización en dinero

  9. En compensatorios

  10. En servicio militar

  11. En servicio activo:

    Cuando el servidor público de la contribución desempeña regularmente las funciones del empleo del cual ha tomado posesión.

  12. En designación de jefatura

    Es la figura por medio de la cual los servidores públicos de la contribución del sistema específico de carrera de la DIAN, desempeñan las funciones de dirección, coordinación, supervisión y control de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales y de las diferentes dependencias en que se encuentra organizada.

    Para designar la jefatura de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales será competente el Presidente de la República; la designación de las demás jefaturas de la entidad corresponden al Director General de la entidad.

    La designación se hará en forma indefinida pero terminará cuando sea expresamente revocada por el funcionario competente para efectuarla o por desvinculación del funcionario de carrera de la entidad.

  13. En asignación de funciones:

    En los casos de vacancia o ausencia temporal de los servidores públicos de la contribución nombrados o designados en una jefatura, podrán asignarse dichas funciones a un servidor de la contribución que pertenezca al sistema específico de carrera en la DIAN.

    Procedimiento para designación de jefatura y asignación de funciones

    - Jefe del área o Administrador respectivo solicita mediante oficio, el trámite de la novedad de designación o asignación de funciones.

    - El Servidor Público encargado de distribuir la correspondencia, recibe, radica y entrega el oficio en el cual se solicita la respectiva novedad.

    - El Servidor Público responsable de proyectar la novedad, recibe y solicita datos al kárdex.

    - El Servidor Público del kárdex verifica datos del funcionario y devuelve.

    - El Servidor Público responsable proyecta resolución de designación o asignación de funciones.

    - Profesional del despacho revisa contenido del proyecto de resolución, verifica que los datos del funcionario se encuentren correctos y remite al Subsecretario de Personal.

    - Subsecretario de Personal recibe proyecto de la resolución, revisa y pasa a firmas del Director General si se trata de designación o del Secretario General si se trata de asignación de funciones.

    - El Servidor Público de correspondencia recibe resolución firmada y lleva a numeración.

    - Grupo de Notificaciones numera la resolución y devuelve original y 4 copias.

    - El Servidor Público de correspondencia recibe resolución numerada en original y 4 copias y entrega a funcionaria encargada de comunicar.

    - El Servidor Público encargado de comunicar recibe resolución en original y 4 copias con los antecedentes y firma en libro radicador en constancia de recibido.

    - El Servidor Público encargado de comunicar, elabora el oficio comunicando la novedad al funcionario en original y 4 copias, archiva una copia en el consecutivo y distribuye las demás copias de la resolución de la siguiente manera:

    ● 1 copia para el kárdex.

    ● 1 copia para hoja de vida con los antecedentes.

    - El Servidor Público encargado de comunicar, entrega el proyecto de comunicado al Subsecretario de Personal.

    - Subsecretario de Personal firma oficio.

    - El Servidor Público de correspondencia, recibe comunicado firmado lo numera y fecha y lleva al Grupo de Correspondencia.

    - Grupo de Correspondencia radica con reloj y envía original de la comunicación.

    - El Servidor Público de correspondencia trae 3 copias radicadas y distribuye de la siguiente manera:

    ● 1 copia para el consecutivo.

    ● 1 copia para hoja de vida.

    ● 1 copia para archivo de la dependencia.

  14. En comisión

    Un Servidor Público de la Contribución se encuentra en comisión cuando, por disposición de autoridad competente, ejerce las funciones propias de su cargo en lugares diferentes de la sede habitual de su trabajo o atiende transitoriamente actividades oficiales distintas de las inherentes al empleo del cual es titular.

    4.1 Comisión de servicios

    Es aquella que se confiere para ejercer las funciones propias del cargo en dependencias o lugares fuera de la sede, cumplir misiones oficiales, asistir a reuniones, seminarios, conferencias o realizar visitas de observación que interesen a la entidad y que se relacionen con el ramo en que se prestan los servicios. Igualmente será procedente esta comisión para prestar los servicios en otra entidad pública.

    El término de duración de las comisiones de servicios en la entidad será hasta por noventa (90) días, salvo aquellas que recaigan en servidores de la con tribución que cumplan funciones de inspección, vigilancia, control y fiscalización tributaria, aduanera y cambiaria; será concedida mediante acto administrativo.

    Procedimiento para comisión de servicios

    - Jefe del área o Administrador respectivo solicita mediante oficio, el trámite de la comisión de servicios.

    - El Servidor Público encargado de distribuir la correspondencia, recibe, radica y entrega el oficio en el cual se solicita la respectiva novedad.

    - El Servidor Público responsable de proyectar la novedad, recibe y solicita datos al kárdex.

    - El Servidor Público del kárdex verifica en la base, los datos del funcionario y devuelve.

    - El Servidor Público responsable proyecta resolución concediendo la comisión de servicios.

    - Profesional del despacho revisa contenido del proyecto de resolución, verifica que los datos del funcionario se encuentren correctos y remite al Subsecretario de Personal.

    - Subsecretario de Personal recibe proyecto de la resolución, revisa y pasa a firmas del Secretario General.

    - El Servidor Público de correspondencia recibe resolución firmada y lleva a numeración.

    - Grupo de Notificaciones numera la resolución y devuelve original y 4 copias.

    - El Servidor Público de correspondencia recibe resolución numerada en original y 4 copias y entrega a funcionaria encargada de comunicar.

    - El Servidor Público encargado de comunicar recibe resolución en original y 4 copias con los antecedentes y firma en libro radicador en constancia de recibido.

    - El Servidor Público encargado de comunicar, elabora el oficio comunicando la novedad al funcionario en original y 4 copias, archiva una copia en el consecutivo y distribuye las demás copias de la resolución de la siguiente manera:

    ▪ 1 copia para el kárdex.

    ▪ 1 copia para hoja de vida con los antecedentes.

    - El Servidor Público encargado de comunicar, entrega el proyecto de comunicado al Subsecretario de Personal.

    - Subsecretario de Personal firma oficio.

    - El Servidor Público de correspondencia, recibe comunicado firmado lo numera y fecha y lleva al Grupo de Correspondencia.

    - Grupo de Correspondencia radica con reloj y envía original de la comunicación al interesado.

    - El Servidor Público de correspondencia trae 3 copias radicadas y distribuye de la siguiente manera:

    ▪ 1 copia para el consecutivo.

    ▪ 1 copia para hoja de vida.

    ▪ 1 copia para archivo de la dependencia.

    4.2 Comisión de carácter reservado

    Es aquella que en virtud de la protección de la seguridad fiscal del Estado colombiano y del orden público económico nacional, la naturaleza de las labores que vaya a desarrollar exija su realización de manera secreta, para garantizar y proteger sus resultados. Es concedida por el Director General de la DIAN, quien fijará su término de duración en cada caso particular.

    4.3 Comisión de capacitación

    Se podrá conceder con el propósito de desarrollar actividades de formación de los servidores de la contribución, o para asistir a eventos especiales de capacitación oficiales y privados. El comisionado tiene derecho a recibir su remuneración, gastos de transporte y viáticos. Su duración se fijará en el acto que la concede, y no puede ser superior a tres (3) meses.

    4.4 Comisión de estudios

    Se podrá conceder con el objeto de hacer posible la capacitación, adiestramiento o perfeccionamiento de los funcionarios de la contribución a través de la participación en eventos académicos que se dicten tanto en el país como en el...

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