Resolución 110, por la cual se asignan ochocientos sesenta y cuatro (864) subsidios familiares de vivienda para arrendamiento, construcción en sitio propio y mejoramiento, correspondientes a los recursos de bolsa para población desplazada por la violencia. - 3 de Septiembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43226959

Resolución 110, por la cual se asignan ochocientos sesenta y cuatro (864) subsidios familiares de vivienda para arrendamiento, construcción en sitio propio y mejoramiento, correspondientes a los recursos de bolsa para población desplazada por la violencia.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín46020

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en uso de las facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido por el numeral 9 del artículo y el numeral 3 del artículo del Decreto 555 de 2003 y en especial los artículos 4°, 17 y 18 y el numeral 2.5 del artículo 24 del Decreto 951 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 555 de 2003, corresponde al Fondo Nacional de Vivienda administrar los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana;

Que el numeral 9 del artículo del Decreto 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda "Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (¿)";

Que el numeral 3 del artículo del Decreto 555 de 2003 establece que al Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda le compete dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones;

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 975 de 2004 los inscritos en el Registro de Postulantes que no fueren beneficiarios en una asignación, podrán continuar como postulantes hábiles para las asignaciones de la totalidad del año calendario;

Que en la actualidad existe una cantidad considerable de hogares desplazados por la violencia que se postularon en la convocatoria para acceder al subsidio familiar de vivienda, llevada a cabo en el 2004, por lo que se hace necesario continuar con la atención a los hogares que quedaron calificados y cue ntan con postulación vigente y a los hogares que quedaron calificados luego del proceso de cruces y validación de la base de datos actualizada de la Red de Solidaridad Social;

Que de acuerdo con los Comunicados número 4120¿E1-59047 del 8 de julio y 4120¿E1-63364 del 22 de julio de 2005 el Director Técnico (E.) del Programa Atención a la Población Desplazada de Acción Social-Red de Solidaridad Social, remitió información actualizada sobre 3.631 familias y 432 respectivamente que "... en principio no aparecían en la base de datos del Registro Unico de Población Desplazada suministrada a Fonvivienda para la convocatoria que cerró en agosto del año pasado". A estas familias se les surtió el proceso de cruces, validación y calificación para continuar con el proceso de asignación;

Que una vez efectuado el proceso de validación de la información, se procedió a la calificación de acuerdo con los artículos 17 y 18 del Decreto 951 de 2001 que les da prelación a las modalidades de arrendamiento, mejoramiento y construcción en sitio propio de acuerdo con los componentes de retorno y reubicación, cumpliendo con todos los requisitos de la normatividad vigente y una vez calificados se ordenaron de manera secuencial descendente de acuerdo con el cupo departamental hasta agotar los recursos disponibles;

Que el Fondo Nacional de Vivienda celebró con las Cajas de Compensación Familiar del país, reunidas en Unión Temporal, un contrato de Encargo de Gestión, que se distingue con el número 004A y que tiene por objeto el desarrollo por cuenta y riesgo de las Cajas en Unión Temporal de los (¿) procesos de divulgación, comunicación, información, recepción de solicitudes, verificación y revisión de la información, digitación, ingreso al RUP (Registro Unico de Postulantes del Gobierno Nacional), prevalidación, apoyo a las actividades de preselección y asignación a cargo del Fondo, seguimiento y verificación de los documentos para hacer efectivo el pago de los subsidios familiares de vivienda en todas sus modalidades, con el fin de garantizar la debida inversión de los recursos, de acuerdo con las leyes y disposiciones que rigen el Subsidio Familiar de Vivienda";

Que por medio de la Resolución 986 de julio de 2005 que modifica la Resolución 501 de abril de 2005, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial destinó recursos para la vigencia 2005, por valor de veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000) para la atención a la población desplazada por la violencia;

Que mediante la Resolución 1113 del 11 de agosto de 2005 que modifica la Resolución 1051 de fecha 2 de agosto de 2005, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial realizó la distribución regional de los recursos señalados en la Resolución 986 de julio de 2005, de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 16 del Decreto 951 de 2001, para un total de recursos a distribuir por valor de doce mil cuatrocientos treinta y siete millones doscientos cincuenta mil pesos ($12.437.250.000);

Que el valor de la presente resolución asciende a la suma de tres mil ochocientos noventa y cuatro millones doscientos ochenta y cuatro mil pesos ($3.894.284.000) y se encuentra amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 79 del 25 de julio de 2005 por valor de veinte mil millones de pesos ($20.000.000.000) de la vigencia fiscal 2005 expedido por el Coordinador del Grupo de Finanzas y Presupuesto del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignación, fueron beneficiarios del subsidio familiar urbano en los programas de retorno y reubicación para arrendamiento, construcción en sitio propio y mejoramiento, aquellos hogares que quedaron en estado calificado y cumplieron con lo establecido en los artículos 4° y 17 del Decreto 951 de 2004 y demás requisitos fijados en la normatividad vigente;

Que la Oficina de Sistemas del Ministerio mediante Memorando número 1450-I3-69777 del 11 de agosto de 2005 certificó que el proceso de "preselección y asignación de subsidios a población desplazada" se realizó de acuerdo con las especificaciones normativas dadas por el Area de Subsidios y que se relacionan con el Grupo de Sistemas, asimismo dejó constancia que en esa Oficina reposa en medio magnético toda la información relacionada con el tema;

Que en cumplimiento al Decreto 975 de 2004 la firma Amézquita y Cía. S. A. adelantó la auditoría al proceso y emitió la Certificación Correspondiente número 2005-0682 del 16 de agosto de 2005;

Que el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, mediante Comunicación CCO-2684 de 2005, ha manifestado que con base en la documentación recibida y a lo dictaminado por la firma auditora no tiene observaciones al proyecto de resolución en lo relacionado con los numerales 7 y 8 del Capítulo 2 del Reglamento Operativo del Préstamo 1483/OC-CO-Programa de Vivienda de Interés Social Urbana;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°

Asignar ochocientos sesenta y cuatro (864) subsidios familiares de vivienda urbana en los componentes de retorno y reubicación para arrendamiento, construcción en sitio propio y mejoramiento, correspondientes a los recursos de bolsa para población desplazada por la violencia, representados por los hogares que se relacionan a continuación del siguiente cuadro resumen por número y valor de subsidios asignados.

Departamen to Número de subsidios Valor $

AMAZONAS 2 8.950.000

ANTIOQUIA 156 698.100.000

ARAUCA 6 30.375.000

BOGOTA, D. C. 67 308.775.000

BOLIVAR 3 16.254.000

BOYACA 4 17.900.000

CALDAS 31 131.325.000

CAQUETA 87 393.800.000

CASANARE 8 33.245.000

CAUCA 1 4.475.000

CESAR 53 237.175.000

CUNDINAMARCA 7 31.325.000

HUILA 24 107.400.000

LA GUAJIRA 19 93.975.000

MAGDALENA 2 8.950.000

NARIÑO 58 259.550.000

NORTE SANTANDER 80 358.000.000

PUTUMAYO 3 16.110.000

QUINDIO 8 33.725.000

RISARALDA 50 223.750.000

SANTANDER 34 156.625.000

SUCRE 34 156.625.000

TOLIMA 13 58.175.000

VALLE 114 509.700.000

TOTAL 864 3.894.284.000

Amazonas

N° Municipio Cédula Apellidos y nombres Modalidad Subsidio $

1 LETICIA 18391380 HERRERA VELASQUEZ JORGE ENRIQUE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

2 LETICIA 97446239 VALENCIA GUERRA HERNAN ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

AMAZONAS VALOR TOTAL SUBSIDIOS ASIGNADOS 8.950.000

NUMERO DE SUBSIDIOS ASIGNADOS 2

ANTIOQUIA

1 APARTADO 39421635 MONTALVO MACEA ANA LUCIA ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

2 APARTADO 26309354 PALACIOS MORENO ELVIA ESTELLA ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

3 APARTADO 8324955 SOLANO OSORIO CHARLIS ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

4 BELLO 43035239 AREIZA AREIZA EROINA DEL SOCORRO ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

5 BELLO 43581921 CARMONA PEREZ ESMERALDA MARIA ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

6 BELLO 6211326 GIRALDO MARTINEZ LUIS ANGEL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

7 BELLO 43415414 GRACIANO MONTOYA AMARILES ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

8 BELLO 42961820 HIGUITA USUGA LUZ ELENA ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

9 BELLO 15310049 MARIN MARIN JAVIER DE JESUS ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

10 BELLO 3575710 MARIN MONTOYA LAUREANO DE JESUS ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

11 BELLO 3578113 MARTINEZ CUERVO VIRGILIO ANTONIO ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

12 BELLO 71792316 OCAMPO OCAMPO JHON JAIRO ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

13 BELLO 75035891 RAMIREZ CORRALES LUIS FERNANDO ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

14 BELLO 43558454 RAMOS GONZALEZ CARMEN EMILIA ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

15 BELLO 71691246 RAMOS GONZALEZ OSCAR DE JESUS ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

16 BELLO 3505587 SUAREZ CARO OSCAR ENRIQUE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA URBANA 4.475.000

17 BELLO...

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