Resolución 1202, por medio de la cual se resuelve una consulta del municipio de Belén de los Andaquíes para efectuar unos pagos del Plan de Inversión Municipal de la actual vigencia fiscal, con cargo a la participación de los Ingresos Corrientes de la Nación (PICN), destinados a cancelar cuentas por pagar que se causaron entre el 1° de enero y el 30 de abril de 2001 - 22 de Junio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43159895

Resolución 1202, por medio de la cual se resuelve una consulta del municipio de Belén de los Andaquíes para efectuar unos pagos del Plan de Inversión Municipal de la actual vigencia fiscal, con cargo a la participación de los Ingresos Corrientes de la Nación (PICN), destinados a cancelar cuentas por pagar que se causaron entre el 1° de enero y el 30 de abril de 2001

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44463

DIARIO OFICIAL 44.463 RESOLUCIÓN 1202 19/06/2001 por medio de la cual se resuelve una consulta del municipio de Belén de los Andaquíes para efectuar unos pagos del Plan de Inversión Municipal de la actual vigencia fiscal, con cargo a la participación de los Ingresos Corrientes de la Nación (PICN), destinados a cancelar cuentas por pagar que se causaron entre el 1° de enero y el 30 de abril de 2001. La Directora General de la Dirección de Apoyo Fiscal, en uso de las facultades legales y en especial de las conferidas por los Decretos 1133 de 1999 y 694 de 2000 y la Resolución número 395 de 2000, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución número 0865 del 08 de mayo de 2001, la Dirección General de Apoyo Fiscal aceptó la solicitud de promoción de un acuerdo de reestructuración de pasivos presentada por el municipio de Belén de los Andaquíes y designó su promotor; Que en atención a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 694 de 2000 y mediante acta del 14 de mayo de 2001 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el municipio de Belén de los Andaquíes determinaron las actividades que el municipio podrá celebrar durante la etapa de negociación del acuerdo de reestructuración de pasivos que adelanta, así como las actividades en las cuales no podrá incurrir; Que dentro de las actividades que la citada acta determinó, se establece que el municipio no podrá efectuar compensaciones, pagos, arreglos, conciliaciones o transacciones de ninguna clase de obligaciones a su cargo, ni efectuarse enajenaciones de bienes u operaciones que no correspondan a las necesarias para evitar la parálisis del servicio y puedan afectar derechos fundamentales; Que mediante la Comunicación número 41425 del 12 de junio de 2001, el Alcalde ha elevado consulta para efectuar unos pago del Contrato de Elaboración del Plan de Inversión Municipal de la actual vigencia fiscal encontrándose soportado con la participación de los Ingresos Corrientes de la Nación (PICN) recursos estos que se comprometieron entre el 1° de enero y el 30 de abril de 2001 en...

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