Resolución 1292, por la cual se acogen los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental para las actividades de caza comercial. - 4 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43241236

Resolución 1292, por la cual se acogen los términos de referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental para las actividades de caza comercial.

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín46381

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de las facultades legales otorgadas por los artículos y de la Ley 99 de 1993, artículo 6° del Decreto 0216 de 2003 y en especial las conferidas por el artículo 13 del Decreto 1220 de 2005 y el Decreto 4688 de 21 de diciembre de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 4688 de 21 de diciembre de 2005, se reglamentó el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables en materia de caza comercial y en su artículo 3° se estableció: ¿Del ejercicio de la caza comercial. El interesado en realizar caza comercial deberá tramitar y obtener licencia ambiental ante la corporación autónoma regional con jurisdicción en el sitio donde se pretenda desarrollar la actividad. Para el efecto anterior, se deberá dar cumplimiento a los requisitos y al procedimiento señalado en el Decreto 1220 de 2005 o la norma que lo modifique o sustituya y a lo dispuesto en el presente decreto¿;

Que de la misma manera el citado decreto en su artículo 4° respecto del Estudio de Impacto Ambiental, estableció: ¿El Estudio de Impacto Ambiental que debe aportar el interesado en obtener licencia ambiental para adelantar las actividades de caza comercial, deberá corresponder en su contenido y especificidad a las características y entorno del proyecto conforme a las directrices que para el efecto establezca el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial¿¿;

Que el Decreto 1220 de 2005, por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales, en el artículo 13 se estableció: ¿De los términos de referencia. Los términos de referencia son los lineamientos generales que la autoridad ambiental señala para la elaboració n y ejecución de los estudios ambientales que deben ser presentados ante la autoridad ambiental competente.

Los estudios ambientales se elaborarán con base en los términos de referencia que sean expedidos por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. La autoridad ambiental competente podrá adaptarlos a las particularidades del proyecto, obra o actividad.

El solicitante de la licencia ambiental deberá utilizar los términos de referencia, de acuerdo con las condiciones específicas del proyecto, obra o actividad que pretende desarrollar.

(¿)¿;

Que en razón de lo anterior, este Ministerio, ejerciendo las facultades que le fueron otorgadas mediante el Decreto 4688 de 21 de diciembre de 2005, procederá a acoger los términos de referencia para actividades de caza comercial;

Que los términos de referencia que se expiden por la presente resolución, constituyen una herramienta que pretende facilitar el proceso de elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y una guía general, mas no exclusiva, para la elaboración del mismo;

Por lo tanto, los estudios ambientales podrán contener información no prevista en los términos de referencia, cuando a juicio del solicitante, dicha información se considere indispensable para que la autoridad ambiental competente tome la decisión respectiva;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1° Acoger los Términos de Referencia para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental para actividades de caza comercial, identificados con el código FA-TER-1-02, contenidos en el documento anexo a la presente resolución, el cual hace parte integral de la misma.
Artículo 2°

El interesado en obtener la licencia ambiental, deberá verificar que no queden excluidos en la evaluación aspectos que puedan afectar negativamente el uso óptimo y racional de los recursos naturales renovables o el medio ambiente, o alguna de las medidas de prevención, corrección, compensación, y mitigación de impactos y efectos negativos que pueda ocasionar el proyecto, obra o actividad.

De la misma manera, podrá suprimir o no aportar parcialmente alguna de la información solicitada en los términos de referencia, que considere que no es pertinente y que por lo tanto no aplica a su proyecto, obra o actividad.

Parágrafo. En los anteriores eventos, el solicitante podrá justificar técnica y/o jurídicamente, las razones por las cuales no se incluye dicha información.

Artículo 3°

La presentación del Estudio de Impacto Ambiental con sujeción a los términos de referencia contenidos en esta resolución, no limita de manera alguna la facultad que tiene la autoridad ambiental de sol icitar al interesado la información adicional que se considere indispensable para evaluar y decidir sobre la viabilidad del proyecto, a pesar de que la misma no esté contemplada en los términos de referencia, ni garantiza el otorgamiento de la Licencia Ambiental.

Artículo 4° El interesado deberá incorporar dentro del Estudio de Impacto Ambiental, además de lo establecido en los términos de referencia que por esta resolución se expiden, toda la información que sea necesaria, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, para acceder al uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales renovables o del medio ambiente.
Artículo 5° La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

30 de junio de 2006.

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

Sandra Suárez Pérez.

Términos de Referencia

Fauna

Estudio de Impacto Ambiental

Actividades de Caza Comercial

FA-TER-1-02

Bogotá, D. C., 2006

TABLA DE CONTENIDO

  1. RESUMEN EJECUTIVO

  2. GENERALIDADES

    2.1 Introducción

    2.2 Antecedentes

    2.3 Objetivos y Alcances de la Actividad

    2.3.1 Objetivos del EIA

    2.3.2 Alcances del EIA

    2.4 Metodología

    2.4.1 Equipo de trabajo

    3 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD

    3.1 Localización

    3.2 Características del proyecto

    3.3 Caza comercial

    3.4 Actividades Conexas

    3.4.1 Almacenamiento

    3.4.2 Procesamiento y/o transformación

    3.4.3 Planta de beneficio

    3.4.4 Comercialización

    3.4.5 Desmantelamiento

    3.5 Organización

    4 CARACTERIZACION DEL AREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

    4.1 Areas de influencia

    4.1.1 Area de Influencia Directa (AID)

    4.1.2 Area de Influencia Indirecta (AII)

    4.2 Medio abiótico

    4.2.1 Geología

    4.2.2 Geomorfología

    4.2.3 Suelos

    4.2.4 Hidrología

    4.2.5 Calidad del agua

    4.2.6 Usos del agua

    4.2.7 Hidrogeología

    4.2.8 Atmósfera

    4.2.8.1 Clima

    4.2.8.2 Calidad del aire

    4.2.8.3 Ruido

    4.2.9 Paisaje

    4.3 Medio biótico

    4.3.1 Ecosistemas terrestres

    4.3.1.1 Flora

    4.3.1.2 Fauna

    4.3.2 Ecosistemas acuáticos

    4.4 Medio socioeconómico

    4.4.1 Lineamientos de participación

    4.4.2 Dimensión Demográfica

    4.4.3 Dimensión económica

    4.4.3 Dimensión cultural

    4.5 Zonificación ambiental

    5 DEMANDA, USO, APROVECHAMIENTO Y/O AFECTACION DE LOS RECURSOS NATURALES

    5.1 Materiales de construcción

    5.2 Aguas superficiales

    5.3 Aguas subterráneas

    5.4 Vertimientos

    5.5 Aprovechamiento forestal

    5.6 Emisiones atmosféricas

    5.7 Manejo y disposición final de residuos sólidos

    6 EVALUACION AMBIENTAL

    6.1 Identificación y evaluación de impactos

    6.1.1 Escenario sin caza comercial y actividades conexas

    6.1.2 Escenario con caza comercial y actividades conexas

    7 ZONIFICACION DE MANEJO AMBIENTAL DEL PROYECTO

    8 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL-PMA

    8.1 Componente abiótico

    8.2 Componente biótico

    8.3 Medio socioeconómico

    9 PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO DEL PROYECTO

    9.1 Monitoreo del medio abiótico

    ¿ Agua residual y corriente receptora

    ¿ Aguas subterráneas

    ¿ Emisiones atmosféricas, calidad de aire y ruido

    ¿ Suelo

    ¿ Sistemas de manejo, tratamiento y disposición de residuos sólidos

    9.2 Monitoreo medio biótico

    9.3 Monitoreo del medio socioeconómico

    10 PLAN DE CONTINGENCIA

    10.1 Análisis de riesgos

    10.2 Plan de contingencia

    11 ANEXOS

    12 PRESENTACION DEL ESTUDIO

    1 RESUMEN EJECUTIVO

    El Estudio de Impacto Ambiental deberá presentar como documento independiente un resumen ejecutivo del mismo, en el cual se presentará una síntesis del proyecto propuesto, las características relevantes del área de influencia, las obras y acciones básicas de la caza comercial y act ividades conexas, el método de evaluación ambiental seleccionado, la jerarquización y cuantificación de los impactos ambientales significativos, la zonificación ambiental y de manejo, los criterios tenidos en cuenta en la selección del área para la caza comercial y del área de construcción para las actividades conexas; se presentará una síntesis del plan de manejo ambiental y las necesidades de aprovechamiento de recursos con sus características principales (ubicación, extensión y/o cantidad, entre otros). Adicionalmente se especificará el costo total del proyecto y del PMA y sus respectivos cronogramas de ejecución e igualmente, se indicarán las actividades a seguir en caso de desmantelamiento, liquidación o terminación del proyecto.

    2 GENERALIDADES

    2.1 Introducción

    Este documento se establece como los términos de referencia genéricos que deben atenderse para la presentación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) requerido cuando se pretenda solicitar Licencia Ambiental para la caza comercial. Debe ser entendido como un documento guía, bajo el cual se adelantará el estudio que analice, con suficiente profundidad, el impacto ambiental del ejercicio de la caza comercial de especímenes de especies sobre las cuales no existe veda o prohibición. Las corporaciones autónomas regionales adaptarán estos términos de referencia a las...

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