Resolución 1402, por medio de la cual se dictan disposiciones para fijar las condiciones de uso en calidad de arrendamiento de las salas y bienes de uso público del Teatro Colón, del Teatro Delia Zapata Olivella y otras instalaciones culturales - 25 de Julio de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43178584

Resolución 1402, por medio de la cual se dictan disposiciones para fijar las condiciones de uso en calidad de arrendamiento de las salas y bienes de uso público del Teatro Colón, del Teatro Delia Zapata Olivella y otras instalaciones culturales

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín44878

La Ministra de Cultura, en ejercicio de las facultades otorgadas a través de la Ley 397 de 1997, el Decreto 1126 de 1999 y las conferidas en el artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con los establecido en la ley, la cultura es el conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias;

Que el Estado puede impulsar y estimular los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación;

Que es obligación del Estado y de las personas valorar, proteger y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación;

Que el patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, dentro de los cuales se encuentran los bienes, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, arquitectónico, urbano, museológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular;

Que sobre los bienes de interés cultural no se podrá efectuar intervención alguna sin la correspondiente autorización del Ministerio de Cultura;

Que el Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica;

Que el Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, definirá y aplicará medidas concretas conducentes a estimular la creación, funcionamiento y mejoramiento de espacios públicos, aptos para la realización de actividades culturales y, en general propiciará la infraestructura que las expresiones culturales requieran;

Que se hace necesario establecer las condiciones en las cuales personas e instituciones de derecho público y privado puedan disponer de forma temporal de las instalaciones y bienes del Teatro Colón, Teatro Delia Zapata Olivella, Sala Mallarino, Sala Mayor de Danza, Sala Menor de Danza y otras áreas, para aquellos eventos autorizados en el reglamento del teatro,

RESUELVE:

Artículo 1° Por medio de la presente resolución se establecen las siguientes tarifas para el uso de algunas instalaciones del Teatro Colón y otras áreas.

Tarifas sala principal

Por el uso de la sala principal del Teatro Colón se cobrarán las siguientes tarifas:

1.1 Arriendo diario de ocho y media (8 y 1/2) a.m. a once y media (11 y 1/2) p.m., diez y seis (16) salarios mínimos legales mensuales.

1.2 Ensayos o medio día para presentación sencilla de cuatro (4) a seis (6) horas. Ocho (8) salarios mínimos legales mensuales, o proporcionalmente.

Artículo 2° Tarifas Sala Mallarino:

Por el uso de la Sala Mallarino del Teatro Colón se cobrarán las siguientes tarifas:

2.1 Un (1) día. Un (1) salario mínimo legal mensual.

2.2 Un (1) mes de ensayos cuatro (4) o cinco (5) horas en la mañana o la tarde, en el marco del programa ¿La Mallarino, Teatro de Hoy para Mañana¿. El treinta y tres por ciento (33%) de un salario mínimo legal mensual, o proporcionalmente.

Artículo 3° Tarifas para el uso del foyer del Teatro Colón

Por el uso del foyer del Teatro Colón por cuatro horas al día, se cobrará el setenta y cinco por ciento (75%) de un salario mínimo legal mensual, o proporcionalmente.

Por el uso del foyer del Teatro Colón por cuatro horas...

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