Resolución 1618, por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, para celebrar un empréstito interno con el Banco de Bogotá S. A., hasta por la suma de $500.000.000 moneda legal colombiana - 30 de Agosto de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43163808

Resolución 1618, por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, para celebrar un empréstito interno con el Banco de Bogotá S. A., hasta por la suma de $500.000.000 moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44536

DIARIO OFICIAL 44.536 RESOLUCIÓN 1618 15/08/2001 por la cual se autoriza a la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, para celebrar un empréstito interno con el Banco de Bogotá S. A., hasta por la suma de $500.000.000 moneda legal colombiana. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo duodécimo de la Ley 533 de 1999 y la Circular Externa número 001 del 23 de febrero de 2000 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Decreto 2681 de 1993, y CONSIDERANDO: Que la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar un empréstito interno hasta por la suma de quinientos millones de pesos ($500.000.000) moneda legal colombiana, destinados a la financiación de la terminación de la construcción de la segunda etapa del laboratorio de agua y suelos, y el almacén de la sede; Que la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, proyecta contratar el empréstito interno indicado en el considerando anterior con el Banco de Bogotá S. A., bajo las siguientes condiciones financieras: Plazo para su total amortización: 5 años contados a partir del primer desembolso; tasa de interés igual a la Tasa de Costo Promedio de Captación de Certificados de Depósito a Término Fijo -DTF- trimestre anticipado, certificada semanalmente por el Banco de la República o la entidad que haga sus veces, correspondiente al inicio del período de pago de intereses, adicionada en seis (6) puntos porcentuales T. A., intereses pagaderos por su equivalente trimestre vencido; Que el Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, en sesión del 26 de abril de 2000 ¿ Acta número 003 ¿ 2000, facultó al Director de la Corporación para que contrate y garantice el empréstito que por la presente se autoriza, según consta en la certificación suscrita el 31 de julio de 2001 por el Secretario General (E.) de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá; Que el Departamento Nacional de Planeación emitió concepto favorable para la celebración de un empréstito interno que por la presente se autoriza, según consta en el oficio UIFP DCEI ¿ 04 ¿ 011 ¿ 2000 del 6 de junio de 2000; Que las minutas de contrato de empréstito y pagaré que suscribirá la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, Corpoboyacá, con el Banco de Bogotá S. A. han sido aprobadas por el...

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