Resolución 1850, por la cual se ratifica una reforma estatutaria - 14 de Agosto de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43179580

Resolución 1850, por la cual se ratifica una reforma estatutaria

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín44900

El Ministro de Educación Nacional, en ejercicio de sus atribuciones legales, y reglamentarias y en especial de la conferida en el artículo 103 de la Ley 30 de 1992, el Decreto 1478 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que la Universidad Cooperativa de Colombia, es una institución de educación superior de carácter privado, organizada como una corporación de utilidad común, sin ánimo de lucro, con licencia de funcionamiento reconocida mediante Resolución número 4156 del 7 de noviembre de 1963 expedida por el Ministerio de Educación Nacional y reconocimiento institucional como Universidad mediante Resolución número 24195 del 20 de diciembre de 1983 del Min isterio de Educación Nacional. (Certificación expedida por la Secretaría General del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes de fecha 22 de julio de 2002 folios 288 a 290 del expediente de solicitud);

Que el artículo 103 de la Ley 30 de 1992 prevé que las reformas estatutarias de las Instituciones de Educación Superior deben ser notificadas para su ratificación al Ministerio de Educación Nacional, por intermedio del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes;

Que los estatutos vigentes de la Universidad Cooperativa de Colombia son los ratificados por el Ministro de Educación Nacional según Resolución 18599 del 15 de diciembre de 1986;

Que la Asamblea General de Miembros, como órgano reformador de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de los estatutos vigentes, debatieron y aprobaron la reforma de estatutos que se somete a ratificación en los términos indicados en el artículo 103 de la Ley 30 de 1992 y el artículo 21 del Decreto 1478 de 1994;

Que el Rector y representante legal de la Universidad Cooperativa de Colombia, mediante escrito radicado en el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, el 2 de noviembre de 2001 Radicación número 50086, notificó la reforma estatutaria efectuada, con objeto de obtener la ratificación por parte del Ministerio de Educación Nacional (folios 229, 230 y siguientes expediente solicitud);

Que a la notificación de la reforma estatutaria se anexó: el Acta 02 del 16 y 17 de marzo de 2001 de la asamblea general ordinaria de miembros de la Universidad Cooperativa de Colombia y en lo pertinente el Acuerdo 02 de la misma fecha contentivo de la reforma estatutaria debidamente certificada por el secretario general de la institución, que contiene la totalidad del texto de los artículos reformados cumpliendo las exigencias estatutarias correspondientes y copia de los estatutos cuya ratificación se solicita (folios 283 a 228 expediente de solicitud);

Que la Subdirección de Monitoreo y Vigilancia del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, mediante comunicaciones de fechas 15 de febrero y 5 de junio de 2002 con números de radicación 050517 y 058081 respectivamente, realizó observaciones a los estatutos propuestos (folios 236 a 240 expediente de solicitud);

Que la Institución mediante oficios de fechas 12 de abril de 2002 con radicación 060992, envió los documentos correspondientes a los estatutos propuestos teniendo en cuenta las observaciones realizadas por la Subdirección de Monitoreo y Vigilancia del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes. (folios 127 a 182 expediente de solicitud);

Que las adecuaciones a la reforma estatutaria inicialmente radicada en el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, se hicieron en sesión del 6 y 7 de abril, según consta en el Acuerdo número 02 de la misma fecha, y consiste especialmente en el reconocimiento del origen de la Universidad Cooperativa de Colombia en el sector solidario (folios 127 a 139 expediente de solicitud);

Que sobre la documentación complementaria presentada por la Universidad Cooperativa, el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes efectuó nuevas observaciones el 6 de junio de 2002 radicado con número 58081 (folio 240 expediente de solicitud);

Que la institución, ante el nuevo requerimiento, presentó ante el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes un recurso de reposición y en subsidio de apelación contra el estudio y las observaciones efectuadas, mediante escrito del 18 de junio de 2002 radicado con número 65574;

Que ante la improcedencia de dicho recurso, pues fue interpuesto contra un acto de trámite que no culmina la actuación administrativa y que no constituye una decisión de fondo, se le envió una comunicación a la institución por parte del Icfes donde se desestima el recurso y se le informa que se remitirá la documentación al Ministerio de Educación Nacional con el fin de que se expida el respectivo acto administrativo que culmine con el trámite adelantado por la Universidad Cooperativa de Colombia, el cual sí sería susceptible de recurso;

Que el 3 de julio de 2002 el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes remitió al despacho del Ministro de Educación Nacional el estudio de la documentación que sustenta la solicitud de ratificación de reforma estatutaria de la Universidad Cooperativa de Colombia (folios 270 a 285 expediente de solicitud);

Que la Universidad Cooperativa de Colombia solicitó copias del expediente de solicitud y presentó memoriales el 18 y el 23 de julio de 2002, respondiendo a las observaciones efectuadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, Icfes, ante este despacho;

Que el 26 de julio de 2002 el despacho del Ministro de Educación Nacional expidió un auto en el cual solicitó a la institución documentación complementaria con el fin de tener suficientes elementos de juicio para tomar una decisión de fondo sobre la solicitud de reforma estatutaria;

Que en cumplimiento del auto de 26 de julio de 2002 la Universidad Cooperativa de Colombia por intermedio de su Rector y representante legal, radicó personalmente en la Dirección de Educación Superior del Ministerio de Educación Nacional, el 30 de julio de 2002 en 187 folios, la documentación solicitada por el despacho (argollado anexo al expediente);

Que de conformidad con el inciso segundo del numeral segundo del auto de fecha 26 de julio de 2002 la Dirección de Educación Superior emitió concepto a este despacho sobre la viabilidad de la ratificación de la reforma Estatutaria efectuada por la Universidad Cooperativa de Colombia.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Revisado el expediente y el trámite de la solicitud de ratificación de reforma estatutaria efectuado por la Universidad Cooperativa de Colombia, así como todos los documentos e informaciones aportados, este Despacho encuentra como fundamento para tomar una decisión de fondo al respecto lo siguiente:

El Decreto‑ley 80 de 1980 por el cual se organizaba el sistema de educación possecundaria, establecía solo dos formas asociativas para desarrollar actividades en materia de educación superior: fundaciones y corporaciones.

Sólo a partir de la expedición de la Ley 30 de...

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