Resolución 1988, por la cual se adopta el reglamento de cobro prejudicial y judicial para las obligaciones que se encuentren en atraso, derivadas de créditos de vivienda otorgados por el Inurbe, a funcionarios y aquellos que hoy ostentan la calidad de ex funcionarios de esta entidad. - 8 de Octubre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43214743

Resolución 1988, por la cual se adopta el reglamento de cobro prejudicial y judicial para las obligaciones que se encuentren en atraso, derivadas de créditos de vivienda otorgados por el Inurbe, a funcionarios y aquellos que hoy ostentan la calidad de ex funcionarios de esta entidad.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana
Número de Boletín45695

El Gerente Liquidador del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe en Liquidación, en uso de sus facultades legales y estatutarias,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-ley número 294 de 1981, estableció el régimen prestacional de los empleados públicos al servicio del ICT, señalando en su artículo 7º el otorgamiento de créditos de vivienda para sus funcionarios, de conformidad con las reglamentaciones que para tal efecto se expidan;

Que por virtud del artículo 10 de la Ley 3ª de 1991, el Instituto de Crédito Territorial se transformó en el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, trasladándose a este, al igual que la planta antigua de personal, las obligaciones laborales y prestacionales consagradas a favor de todos los funcionarios;

Que en virtud de las funciones y atribuciones establecidas en el Decreto 554 de marzo de 2003 que ordena la liquidación del instituto, el Gerente Liquidador podrá establecer los mecanismos de dirección, control y ejecución que garanticen el éxito en las operaciones que desarrolla el Inurbe en Liquidación;

Que en desarrollo del artículo 7º del Decreto 294 de 10 de febrero de 1981, la Gerencia General del Inurbe a través de la Resolución número 0361 de 1995 y sus modificatorias reglamentó el otorgamiento de créditos de vivienda para sus funcionarios y derogó los actos administrativos contrarios a estas disposiciones y en consecuencia, otorgó créditos de vivienda a sus funcionarios, con sujeción a las anteriores reglamentaciones que para el efecto dictó;

Que teniendo en cuenta los balances de cartera, se han detectado obligaciones hipotecarias que presentan atraso en el pago mensual de las cuotas de amortización, lo que hace necesario crear un reglamento de cobro prejurídico y jurídico que permita realizar la cobranza de la cartera que se encuentra en atraso, cobro que se realizará a través del Grupo de Jurisdicción Coactiva, en la forma como se indica en el presente reglamento operativo;

En mérito de lo expuesto y en virtud de las normas citadas,

RESUELVE:

Artículo 1º Adoptar el reglamento operativo de cobro prejurídico y jurídico para las obligaciones que se encuentren en atraso, derivadas de créditos de...

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