Resolución 20061300026305
Emisor | Superintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios |
Número de Boletín | 46352 |
La Superintendente de Servicios Públicos, en ejercicio de sus facultades y en especial de las que le confieren las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 53 de la Ley 142 de 1994 y 14 de la Ley 689 de 2001, corresponde a le Superintendencia de Servicios Públicos, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Unico de Informaciór, SUI, que se surtirá de la información proveniente de los prestadores de servicios públicos sujetos a su vigilancia y control;
Que de conformidad con la Resolución SSPD 321 de 2003, las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios a que se refiere la Ley 142 de 1994 deben reportar la información a través del Sistema Unico de Información, SUI;
Que el artículo 79 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 689 de 2001, dispone que es competencia de la SSPD evaluar la gestión financiera, técnica y administrativa de los prestadores de servicios públicos domiciliarios sujetos a su vigilancia y control, de acuerdo con los indicadores definidos por las Comisiones de Regulación;
Que en octubre de 2003 la SSPD expidió la Resolución 5100, mediante la cual se requirió información para el SUI relacionada con el tópico comercial y de tarifas de los prestadores de servicios públicos domiciliarios de telecomunicaciones;
Que la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, CRT, mediante la Resolución 1250 de 2005 modificatoris de la Resolución 087 de 1997, estableció los criterios y parámetros del nuevo marco tarifario, a partir del 1º de enero del año 2006;
Que de acuerdo con el artículo 5.12.2 de la Resolución CRT 087 de 1997, modificada por la Resolución CRT 1250 de 2005, los operadores de TPBCL y TPBCLE deben reportar a la SSPD la información que incluya las estadísticas mensuales de facturación, tráfico y número de líneas desagregadas por estrato socioeconómico, tipo de servicio, entre otros;
Que de acuerdo con el artículo 5.12.3 de la Resolución CRT 087 de 1997, modificada por la Resolución CRT 1250 de 2005, los operadores de TPBCLD deben reportar a la SSPD la información que incluya las estadísticas mensuales relacionadas con las diez (10) rutas de mayor tráfico cursado por las llamadas efectivamente terminadas tanto en LDN, como en la LDI;
Que en el Apéndice 4 de la Resolución CRT 087 de 1997 (modificada por la Resolución CRT 1361 del 30 de noviembre de 2005) se establecieron los formatos para el reporte de información correspondiente al indicador Nivel de Satisfacción del Usuario;
Que el Sistema Unico de Información, SUI, es una de las principales fuentes de alimentación de información de Sistema de Información Unificado del Sector de las Telecomunicaciones, SIUST, administrado por la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones,
RESUELVE:
Parágrafo 1°. Los prestadores de servicios públicos domiciliarios de telecomunicaciones deberán reportar la información aquí requerida, a partir de la expedición de la presente resolución.
Parágrafo 2°. Los prestadores de servicios públ icos domiciliarios de telecomunicaciones sólo deberán reporta a través del sitio www.sui.gov.co aquellos formularios que hacen parte del Tópico Comercial según la naturaleza de servicio prestado.
La SSPD evaluará la petición y adoptará las decisiones a que haya lugar.
Publíquese y cúmplase.
Evamaría Uribe Tobón.
MANUAL PARA EL DILIGENCIAMIENTO DE LA INFORMACION COMERCIAL DE TELECOMUNICACIONES
SISTEMA UNICO DE INFORMACION, SUI
I.FR.08
Con el propósito de facilitar y agilizar la presentación de la información comercial de las empresas prestadoras deservicio de Telefonía Pública Básica Conmutada, TPBC, se han diseñado dentro del Sistema Unico de Información una serie de formatos para establecer la gestión de las empresas en la prestación del servicio de telefonía, dentro de los fines contemplados por la Ley 142 de 1994 de calidad del servicio, cobertura, prestación continua y eficiente, los cuales se enmarcan dentro de los procesos críticos de Mercadeo, Servicio al Cliente, Facturación y Recaudo establecidos en la regulación, por tanto se requiere obtener información inherente a tales procesos, para alimentar el sistema de tal forma que permita analizar la gestión comercial de cada empresa y suministrar información a todos los actores del sector de telecomunicaciones. El Tópico Comercial tiene el propósito de recolectar la información correspondiente a facturación, subsidios y contribuciones, estadísticas del número de líneas por estrato, los tráficos cursados y demanda de líneas y el indicador nivel de satisfacción del usuario.
-
PERIODICIDAD, REPORTE Y CERTIFICACION DE INFORMACION
Dentro del Sistema Unico de Información se ha desarrollado dos mecanismos para la recolección de información así:
-
Sistema de cargue masivo;
-
Formularios en web.
En la página web www.sui.gov.co se encuentran dispuestos los correspondientes manuales técnicos para el reporte de información, ya sea a través de formularios web o del Sistema de Cargue masivo. Por tanto la información correspondiente a cada formato se debe reportar de acuerdo con el procedimiento que se describe en los mencionados manuales.
La información correspondiente al Tópico Comer cial, que deberán diligenciar las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios de telecomunicaciones que están bajo la inspección, vigilancia y control de la SSPD, sean estas de naturaleza jurídica oficial, mixta o privada, se ha estructurado en formatos dispuestos en la página web del Sistema Unico de Información de Servicios Públicos, SUI, de la siguiente forma y periodicidad de recolección:
Nº
NOMBRE DEL FORMATO
SISTEMA DE RECOLECCION
PERIODICIDAD DE RECOLECCION
1
FACTURACION COMERCIAL
CARGUE MASIVO
MENSUAL
2
LINEAS EN SERVICIO Y TRAFICO POR ESTRATO POR MUNICIPIO
CARGUE MASIVO
MENSUAL
3
TELEFONOS PUBLICOS POR MUNICIPIO
CARGUE MASIVO
TRIMESTRAL
4
RETIROS DEFINITIVOS DE LINEAS POR ESTRATO POR MUNICIPIO
CARGUE MASIVO
TRIMESTRAL
5
TRAFICO TPBCLE
CARGUE MASIVO
TRIMESTRAL
6
TRAFICO TPBC LARGA DISTANCIA NACIONAL*
CARGUE MASIVO
TRIMESTRAL
7
TRAFICO TPBC LARGA DISTANCIA INTERNACIONAL SALIENTE*
CARGUE MASIVO
TRIMESTRAL
8
TRAFICO TPBC LARGA DISTANCIA INTERNACIONAL ENTRANTE*
CARGUE MASIVO
TRIMESTRAL
9
INGRESOS TPBC LARGA DISTANCIA*
CARGUE MASIVO
TRIMESTRAL
10
TRAFICO Y ENLACES EN INTERCONEXION
FORMULARIO WEB
TRIMESTRAL
11
INGRESOS POR CARGOS DE ACCESO Y USO DE REDES
FORMULARIO WEB
TRIMESTRAL
12
SUBSIDIOS OTORGADOS Y CONTRIBUCIONES RECAUDADAS TPBC
CARGUE MASIVO
TRIMESTRAL
13
INFORMACIÓN PUNTOS COMPARTEL Y CITS-(CENTROS INTEGRADOS DETELEFONIA SOCIAL)**
CARGUE MASIVO
SEMESTRAL
14
DEMANDA ANUAL DE LINEAS POR MUNICIPIO
CARGUE MASIVO
ANUAL
15
NIVEL DE SATISFACCION DEL USUARIO - RESIDENCIAL
FORMULARIO WEB
ANUAL
16
NIVEL DE SATISFACCION DEL USUARIO ¿ CORPORATIVO
FORMULARIO WEB
ANUAL
17
RESULTADOS DEL NIVEL DE SATISFACCION DEL USUARIO
FORMULARIO WEB
ANUAL
18
INDICADORES DE ATENCION AL...
-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba