Resolución 2156, por medio de la cual se delega la función de celebrar contratos de prestación de servicios personales en el Instituto de Seguros Sociales - 29 de Mayo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43157930

Resolución 2156, por medio de la cual se delega la función de celebrar contratos de prestación de servicios personales en el Instituto de Seguros Sociales

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Seguros Sociales
Número de Boletín44439

DIARIO OFICIAL 44.439 RESOLUCIÓN 2156 21/05/2001 por medio de la cual se delega la función de celebrar contratos de prestación de servicios personales en el Instituto de Seguros Sociales. El Presidente del Instituto de Seguros Sociales, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en los Decretos 2148 de 1992, 1403 de 1994, 227 de 1995, y CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 12 numeral 33 del Acuerdo 03 de 1993, mediante el cual se adoptan los estatutos del ISS, aprobado por el Decreto 461 de 1994, concordante con el artículo 9°, numeral 17 del Decreto 2148 de 1992 corresponde al Consejo Directivo del ISS autorizar al Presidente del Instituto para delegar funciones que le estén atribuidas, autorización que fue otorgada mediante el Acuerdo 216 del 19 de agosto de 1999. Que con el fin de agilizar el proceso de contratación de prestación de servicios personales que requieren los CAAS del Instituto de Seguros Sociales para cubrir las necesidades de médicos generales, médicos especialistas, auxiliares de servicios asistenciales, enfermeros, técnicos de servicios asistenciales, técnicos de servicios administrativos, tecnólogos de servicios asistenciales, terapistas, bacteriólogos, optómetra, regente de farmacia, auxiliares administrativos y conductor de ambulancia, se hace necesaria la delegación por una sola vez y por un tiempo definido, la función de celebrar estos contratos en los gerentes seccionales de EPS que se relacionan en la parte resolutiva; Que el delegatario asume las funciones y responsabilidades del delegante. RESUELVE. CAPITULO I Suscripción contratos de prestación de servicios personales Artículo 1°. Delegar en el Gerente de la EPS Seccional Antioquia la facultad de celebrar los siguientes contratos de prestación de servicios personales: Nombre del CAA Objeto Horas Honorarios Apartado Enfermera 8 1454000 Girardota Auxiliar Serv. Asistenciales-Odontología 6 480750 Barrio Colombia Médico General 6 1484250 Central Médico Especialista medicina Interna 6 2043000 Central Médico Especialista Cardiólogo 4 1362000 Central Médico Especialista Neurólogo 6 2043000 Central Médico Especialista ORL 8 2724000 Central Médico Especialista Cirugía General 6 2043000 Central Médico Especialista Psiquiatría 8 2724000 Central Médico Especialista Oftalmólogo 6 2043000 Central Médico Especialista Oftalmólogo 4 1362000 Central Médico Especialista Ortopedia 4 1362000 Central Médico Especialista Ortopedia 6 2043000 Hernán Posada González Médico General 8 1979000 Barbosa Auxiliar Serv. Administrativos 6 460500 Campo Valdés Auxiliar Ser. Asistenciales-enfermería 8 779000 Total contratos 16 Artículo 2°. Delegar en el gerente de la EPS Seccional Arauca la facultad de celeb rar los siguientes contratos de prestación de servicios personales: Nombre del CAA Objeto Horas Honorarios Arauca Auxiliar Serv. Administrativos 6 460500 Arauca Médico General 6 1484250 Arauca Bacterióloga 6 1090500 Total contratos 3 Artículo 3°. Delegar en el Gerente de la EPS Seccional Bolívar la facultad de celebrar los siguientes contratos de prestación de servicios personales: Nombre del CAA Objeto Horas Honorarios San Jacinto Médico General 4 989500 Carmen de Bolívar Médico General 6 1484250 El Bosque Médico General 8 1979000 Total contratos 3 Artículo 4°. Delegar en el gerente de la EPS Seccional Boyacá, la facultad de celebrar los siguientes contratos de prestación de servicios personales: Nombre del CAA Objeto Horas Honorarios Sogamoso Tecnólogo Serv. Asistenciales - Citohistecnólogo 8 1235000 Puerto Boyacá Médico General 8 1979000 Nobsa Médico Especialista Psiquiatría 4 1362000 Nobsa Médico Especialista Fisiatría 4 1362000 Nobsa Médico General 6 1484250 Nobsa Técnico Serv. Asiste. Radiología 8 807000 Nobsa Terapista Física 8 1454000 Tunja Bacterióloga 4 727000 Sogamoso y Tunja Optómetra 6 1090500 Total contratos 9 Artículo 5°...

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