Resolución 2157, por medio de la cual se delega la función de celebrar contratos de prestación de servicios personales en el Instituto de Seguros Sociales - 29 de Mayo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43157932

Resolución 2157, por medio de la cual se delega la función de celebrar contratos de prestación de servicios personales en el Instituto de Seguros Sociales

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Seguros Sociales
Número de Boletín44439

DIARIO OFICIAL 44.439 RESOLUCIÓN 2157 21/05/2001 por medio de la cual se delega la función de celebrar contratos de prestación de servicios personales en el Instituto de Seguros Sociales. El Presidente del Instituto de Seguros Sociales, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en los Decretos 2148 de 1992, 1403 de 1994, 227 de 1995, y CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 12 numeral 33 del Acuerdo 03 de 1993, mediante el cual se adoptan los estatutos del ISS, aprobado por el Decreto 461 de 1994, concordante con el artículo 9°, numeral 17 del Decreto 2148 de 1992 corresponde al Consejo Directivo del ISS autorizar al presidente del Instituto para delegar funciones que le estén atribuidas, autorización que fue otorgada mediante el Acuerdo 216 del 19 de agosto de 1999; Que con el fin de agilizar el proceso de contratación de prestación de servicios personales que requieren los CAA del Instituto de Seguros Sociales para cubrir las necesidades de químicos farmacéuticos y regentes de farmacia, se hace necesaria la delegación por una sola vez y por un tiempo definido, la función de celebrar estos contratos en los gerentes seccionales de EPS que se relacionan en la parte resolutiva. Que el delegatario asume las funciones y responsabilidades del delegante. RESUELVE: CAPITULO I Suscripción contratos de prestación de servicios personales Artículo 1°. Delegar en el Gerente de la EPS Seccional Boyacá, la facultad de celebrar el siguiente contrato de prestación de servicios personales: EPS Boyacá-Departamento Químico Farmacéutico 8 Horas 1.454.000 Atención Ambulatoria Total contratos 1 Artículo 2°. Delegar en el Gerente de la EPS Seccional Caldas, la facultad de celebrar el siguiente contrato de prestación de servicios personales: EPS Seccional Departamento Químico Farmacéutico 8 horas 1.454.000 Atención Ambulatoria Total contratos 1 Artículo 3°. Delegar en el Gerente de la EPS Seccional Caquetá, la facultad de celebrar el siguiente contrato de prestación de servicios personales: EPS Seccional Departamento Regente Farmacia 8 horas 1.454.000 Atención Ambulatoria Total contratos 1 Artículo 4°. Delegar en el Gerente de la EPS Seccional Casanare, la facultad de celebrar el siguiente contrato de prestación de servicios personales: EPS Seccional-Departamento Regente Farmacia 8 horas 1.454.000 Atención ambulatoria Total contratos 1 Artículo 5°. Delegar en el Gerente de la EPS Seccional Cesar, la facultad de celebrar el siguiente contrato...

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