Resolución 2245, por la cual se adjudica la Licitación Pública número 004 de 2000. - 26 de Agosto de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43140706

Resolución 2245, por la cual se adjudica la Licitación Pública número 004 de 2000.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín44141

DIARIO OFICIAL 44.141 RESOLUCIÓN 2245 31/05/2000 por la cual se adjudica la Licitación Pública número 004 de 2000. La Secretaria General del Ministerio de Relaciones Exteriores, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el numeral 11 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y con fundamento en el numeral 1° del artículo 24 y artículo 29 de la misma ley, y en la Resolución número 1832 del 09 de mayo de 2000, y CONSIDERANDO: 1. Que mediante Resolución 1553 del 17 de abril de 2000 se ordenó la apertura de la Licitación Pública número 004 de 2000, que tiene por objeto contratar los seguros que amparen los bienes muebles, inmuebles y activos patrimoniales asegurables de propiedad del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y por los que sea o llegare a ser legalmente responsable; 2. que de conformidad con la Ley 80 de 1993 y el pliego de condiciones, la audiencia de aclaraciones se llevó a cabo el día 27 de abril de 2000, a las 3:00 p.m., en la Dirección General de Asuntos Administrativos y Financieros; 3. Que se expidieron dos (2) adendos al pliego de condiciones; 4. Que se dio respuesta oportuna a las preguntas formuladas por quienes compraron pliegos de condiciones: 5. Que mediante Resolución número 1843 del 09 de mayo de 2000, se amplió el plazo de cierre de la Licitación número 004-2000 hasta el día 15 de mayo de 2000 a las 5:01 p.m.; 6. Que previos los trámites de ley, el cierre de la licitación se llevó a cabo el día 15 de mayo de 2000 a las 5:01 p.m.; 7. Que se recibieron propuestas por las compañías de seguros: Suramericana S.A., BBV Ganadero Seguros S.A., Colseguros S.A., Central de Seguros S.A., La Previsora S.A.; 8. Que la evaluación de las propuestas fue realizada por DeLima Marsh S.A., en su calidad de intermediario de seguros del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio; 9. Que de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones, se solicitó a algunos de los proponentes, que subsanaran ciertos defectos encontrados en las respectivas propuestas, los cuales fueron subsanados por los oferentes de la siguiente manera: ¿ Compañía Colseguros S. A. Adjunto copia del poder otorgado por el representante legal Ricardo Díaz Andrade a Guillermo Sierra Lesmes, para que tramite y presente en nombre de Colseguros la oferta de la presente licitación, así como para que en el evento en que les sea adjudicada la licitación celebre el contrato de seguro o indemnice los siniestros que se presenten. Adjuntó la copia del paz y salvo expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, sobre el hecho de encontrarse al día con sus obligaciones tributarias. ¿ Compañía BBV Ganadero S. A. Adjuntó el anexo modificatorio de la póliza 1126311 expedida por Confianza S. A., en la cual se corrige el objeto de la misma. ¿ Compañía La Previsora S. A. Pudo comprobarse al verificar el original de la propuesta, que la póliza de seriedad de oferta se encontraba suscrita por el tomador. 10. que de conformidad con el numeral 7 del artículo 24 y el numeral 8 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, el informe de evaluación de las propuestas fue puesto a disposición de los oferentes del 22 al 26 de mayo de 2000, con el fin de que los proponentes presentaran las observaciones que consideraran pertinentes. 11. Que el único proponente que presentó observaciones fue Suramericana S. A., de la siguiente forma: "De acuerdo a nuestra oferta (páginas 065 y 066) se estipula como vigentes los programas de seguros estipulados en las 10 certificaciones, las cuales aduce que la vigencia está dentro del período de la licitación y cumple por lo tanto lo estipulado en el Adendo número 1, numeral 4.4.1 sobre experiencia, hecho adicional que favorece a la entidad en el sentido de que nuestra compañía actualmente maneja programas similares". Así mismo, señala que "Acordes con el número 1.9.2.6 nuestra compañía sí cumple con lo previsto en la Nota a este numeral lo cual exige la presentación de los Estados Financieros. Los notas a los Estados Financieros son como tales notas y no Estados y por lo tanto es Subsanable y no impide a su vez una selección objetiva de la presente licitació n. Es importante resaltar para este punto que dentro de lo previsto para el análisis financiero (numeral 4.3 facto financiero (15 puntos)), página 58 del pliego de condiciones, dice: "La evaluación del factor financiero se hará con base en los documentos exigidos en los anexos 5, 6, 7, 8 y 9 (deberán ser diligenciados por cada miembro del Consorcio y/o de la Unión Temporal) y estará distribuida de la siguiente forma: ..." Anexos que corresponden a Margen de Solvencia, Capital de Trabajo, Eficiencia en Gastos Financieros, Resultado Técnico Bruto y Rotación de Cartera en su orden, los cuales nuestra compañía anexa y permite la comparación y selección con las demás compañías. Acorde con lo descrito anteriormente, nuestra compañía cuenta con el más alto margen de solvencia, capital de trabajo, el segundo mejor resultado técnico Bruto y la más baja rotación de cartera. Respecto del cálculo de Rotación de Cartera debe ser Primas por recaudar por 360 dividido primas emitidas, ya que el período de 360 días corresponde a los días del período analizado, y al igual que los demás indicadores éstos corresponden al resultado del ejercicio del año 1999." 12. Que la entidad, una vez analizadas las observaciones hechas por la compañía Suramérica S. A., manifestó lo siguiente: Respecto del punto número 1, al verificarse la propuesta presentada por Suramericana S. A., pudo observarse que la relación de clientes presentadas a folios 054 a 056 señala que los programas de seguros de dichos clientes se encuentran vigentes a la fecha de presentación de la oferta. En este sentido es pertinente anotar, que la vigencia de las pólizas, es solicitada con el fin de poder verificar la actualidad de los programas iguales o similares a los de la entidad, manejados por el proponente. El Pliego de Condiciones señalaba en su numeral 4.4.1 literal b) "la vigencia de las pólizas suscritas", aspecto que bien puede entenderse como que el proponente debía allegar la fecha de inicio y fin de amparo de la póliza o la manifestación de encontrarse vigente a la fecha. Aspecto que por otra parte puede ser verificado al observar las respectivas certificaciones allegadas por el proponente. Por las consideraciones expuestas, la entidad admite como válida la relación presentada por la compañía Suramericana S. A. Respecto del punto número 2, el Pliego de Condiciones en su numeral 1.9.2.6, establece: "1.9.2.6 Estados Financieros (Balance General y Estados de Pérdidas y Ganancias, con sus respectivas notas) consolidados a 31 de diciembre de 1999 presentados ante la Superintendencia Bancaria, debidamente firmados por el Representante Legal, el Contador y el Revisor Fiscal de la compañía de seguros. En caso de que dichos estados financieros no hayan sido aprobados por la Superintendencia Bancaria, se deberá anexar la comunicación mediante la cual el proponente remitió los documentos a dicha Superintendencia. Nota: La no presentación de los estados financieros de conformidad con lo exigido en el presente numeral, implicará la no evaluación del factor financiero". Con relación a la observación hecha por el proponente, es necesario señalar que el Pliego de Condiciones es claro al establecer que para dar cumplimiento total al numeral 1.9.2.6 debía anexarse el balance...

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