Resolución 2449, por la cual se ordena reliquidar los intereses en los créditos de vivienda. - 13 de Agosto de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43196052

Resolución 2449, por la cual se ordena reliquidar los intereses en los créditos de vivienda.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín45278

El Superintendente de Notariado y Registro, en uso de sus facultades legales, en especial las establecidas en el artículo 7º del Decreto 1668 de 1997, el numeral 24 del artículo 9º del Decreto 2158 de 1992, concordante con el Decreto 663 de 1993, y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante Derecho de Petición contenido en escrito de fecha junio 6 de 2003, radicado en esta Entidad con el número 022047, los beneficiarios de los créditos de vivienda otorgados por el liquidado Fondo de Previsión de Notariado y Registro, administrados actualmente por esta Superintendencia, de conformidad con lo previsto en el Decreto 1668 de 1997, reiteran la solicitud expresada en anteriores escritos consistente en "(...) ordenar al Fondo de Vivienda efectuar la revisión de los créditos, en lo que tiene que ver con la capitalización de intereses ordenada por la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-747 de octubre 6 de 1999, fecha en la que otorgaron los primeros créditos, ya que el Fondo sí dio cumplimiento a la orden de la Corte, pero a partir de la fecha de la expedición de la sentencia, o sea, octubre de 1999, sin tener en cuenta que según la misma Corte se debe hacer a partir del año de 1993, para créditos de vivienda a largo plazo;

Para nosotros es de vital importancia que se realice dicha revisión, por cuanto precisamente durante los años de 1997 y 1998 y parte del año 1999, se nos cobraron intereses corrientes al 24.46% más cinco punto e intereses moratorios al 48.92%, más cinco puntos, lo cual incrementó en forma exagerada el monto total de las cuotas, haciendo no solamente supremamente onerosos los créditos, sino que en este momento la deuda total superó el valor total de los inmuebles (...)".

Revisada la sentencia citada, se establece por la honorable Corte Constitucional, lo siguiente:

"(...) Sobre el particular ha de anotarse que la Corte en Sentencia C-700 del 16 de septiembre de 1999... se expresó por esta Corporación que la regulación de lo atinente a la financiación de vivienda a largo plazo corresponde, en primer...

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