Resolución 2541, por la cual se ordena a los Registradores del Estado Civil, Alcaldes, Corregidores e Inspectores de Policía autorizados por la Registradora Nacional del Estado Civil, para cumplir con la función de registro del estado civil de los departamentos de Tolima y Casanare a expedir las copias, fotocopias, certificados y transcripciones de registro del estado civil con el adhesivo de seguridad implementado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. - 5 de Julio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43223969

Resolución 2541, por la cual se ordena a los Registradores del Estado Civil, Alcaldes, Corregidores e Inspectores de Policía autorizados por la Registradora Nacional del Estado Civil, para cumplir con la función de registro del estado civil de los departamentos de Tolima y Casanare a expedir las copias, fotocopias, certificados y transcripciones de registro del estado civil con el adhesivo de seguridad implementado por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín45960

La Registradora Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el inciso 2º del artículo 266 de la Constitución Política y el numeral 1 del artículo 25 del Decreto 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso 2º del artículo 266 de la Constitución Política establece que corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil ejercer, entre otras, la función de organizar ydirigir el Registro Civil yla identificación de los colombianos;

Que el artículo 114 del Decreto-ley 1260 de 1970, Estatuto de Registro del Estado Civil, dispone:

"Los funcionarios encargados del registro del estado civil y la oficina central podrán expedir copias de las partidas, actas y folios que reposen en sus archivos, bien mediante la transcripción literal de su contenido, bien con su reproducción mecánica";

Que se hace necesario implementar controles para garantizar que los dineros recaudados por concepto de la expedición de copias, fotocopias, certificados y transcripciones de registro del estado civil ingresen efectivamente al presupuesto del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional;

Que la Registraduría Nacional del Estado Civil entregará a los Registradores del Estado Civil, Alcaldes, Corregidores e Inspectores de Policía de los departamentos del Tolima y Casanare, debidamente autorizados por el Registrador Nacional del Estado Civil para cumplir con la función de registro del estado civil, la papelería o instrumentos de seguridad necesarios para el cumplimiento del objetivo señalado en el considerando anterior,

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