Resolución 3183, por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y requisitos de los diferentes empleos de la planta de personal de la Universidad Surcolombiana. - 9 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43241462

Resolución 3183, por la cual se establece el Manual Específico de Funciones y requisitos de los diferentes empleos de la planta de personal de la Universidad Surcolombiana.

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Surcolombiana
Número de Boletín46386

El Rector de la Universidad Surcolombiana, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 6° y 7° del Acuerdo 042 de 1996 del Consejo Superior Universitario y el artículo 30 del Decreto 590 de 1993,

RESUELVE:

Artículo 1°

Establecer el Manual específico de funciones y requisitos para los diferentes empleos que conforman la planta de personal de La U niversidad Surcolombiana fijada por el Acuerdo número 021 del 15 de mayo de 1996 emanado del Consejo Superior Universitario, las cuales deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la Ley 30 de 1992 y el Estatuto General le señalan a la Universidad Surcolombiana, así:

  1. IDENTIFICACION

    Denominación del empleo

    Código

    Grado

    Número de empleos

    Rector de Universidad

    0045

    18

    1 (uno)

    Dependencia

    Jefe inmediato

    Número de orden

    RECTORIA

    Quien ejerza la supervisión directa

    1001

  2. DESCRIPCION DE FUNCIONES

    Las señaladas en el artículo 31 del Estatuto General de la Universidad, Acuerdo Consejo Superior número 075 de 1994, así:

    1. Llevar la representación legal de la Universidad como persona jurídica y defender sus derechos; trabajar por el engrandecimiento de la institución y nombrar apoderados judiciales y extrajudiciales, llegado el caso.

    2. Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes.

    3. Evaluar y controlar el funcionamiento general de la Universidad e informar de ello al Consejo Superior.

    4. Someter a aprobación del Consejo Superior el proyecto de presupuesto de rentas y gastos, desglosado en asignaciones y ejecutarlo una vez aprobado y expedido.

    5. Nombrar como decano al candidato que resulte elegido en cada una de las facultades de la Universidad.

    6. Nombrar y remover al personal administrativo y académico de la Universidad de acuerdo con las disposiciones legales y estatutarias y adoptar todas las decisiones concernientes a su administración que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

    7. Nombrar decanos encargados por un período no superior a 30 días hábiles en caso de vacancia temporal o definitiva.

    8. Aplicar las sanciones disciplinarias que le correspondan por ley o reglamento, cumpliendo los requisitos exigidos en ellos.

    9. Convocar la elección de profesores, estudiantes, y demás miembros que de conformidad con las normas legales y estatutarias deben hacer parte de los cuerpos colegiados de la Universidad.

    10. Someter a consideración del Consejo Superior el acuerdo mensual de gastos y el informe de ejecución mensual del presupuesto.

    11. Rendir un informe anual al Consejo Superior sobre la gestión realizada y divulgarlo ante la comunidad universitaria.

    12. Autorizar con su firma los títulos que la Universidad confiere.

    13. Velar por todo lo relacionado con la conservación y la administración del patrimonio de la Universidad.

    14. Proponer ante el Consejo Superior los reglamentos académicos, de personal docente, administrativo y estudiantil, de acuerdo con las disposiciones legales, previa consulta con los estamentos respectivos.

    15. Suscribir los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Universidad, ateniéndose a las disposiciones legales vigentes.

    16. Ejecutar las decisiones del Consejo Superior.

    17. Presentar para su aprobación al Consejo Superior Universitario, el plan de desarrollo de la Universidad y liderar su ejecución.

    18. Adoptar procedimientos apropiados de planeación, programación, dirección, ejecución, evaluación y control de las actividades de la Universidad en concordancia con las políticas aprobadas por el Consejo Superior.

    19. Presentar los proyectos y planes de inversión a las autoridades pertinentes.

    20. Asegurar el desarrollo de los procesos necesarios para la acreditación de la Universidad en concordancia con lo dispuesto en el presente estatuto y las normas legales.

    21. Las demás que señalen las disposiciones vigentes, las que le asigne el Consejo Superior y las que no están expresamente atribuidas a otra autoridad.

  3. REQUISITOS

    Los señalados en el artículo 28 del Estatuto General de la Universidad, Acuerdo Consejo Superior número 075 de 1994, así:

    ¿ Ser ciudadano colombiano en ejercicio.

    ¿ Tener título de posgrado.

    ¿ Haber desarrollado actividades académicas o administrativas por un período no inferior a cinco años en el sector público o privado.

    ¿ Presentar un programa de desarrollo institucional para la Universidad.

    ¿ No haber sido sancionado disciplinariamente por faltas a la ética profesional y no estar afectado por impedimentos, inhabilidades e incompatibilidades establecidas por la ley.

  4. IDENTIFICACION

    Denominación del empleo

    Código

    Grado

    Número de empleos

    Vicerrectoría de Universidad

    0060

    15

    3 (tres)

    Dependencia

    Jefe inmediato

    Número de orden

    Vicerrectoría Académica

    Rector de Universidad

    1024

    Vicerrectoría de Recursos Bienestar

    Rector de Universidad

    1098

    Vicerrectoría Administrativa

    Rector de Universidad

    1159

  5. DESCRIPCION DE FUNCIONES

    Vicerrectoría Académica (Cargo 1024)

    1. Reemplazar al Rector durante su ausencia, cuando este así lo determine.

    2. Asesorar al Rector en la formulación de políticas en los campos de docencia, investigación y extensión, y asistirlo en las funciones de dirección, coordinación y control académico.

    3. Asistir a la Rectoría en las gestiones ante el Ministerio de Educación, ICFES y demás entidades del sector educativo.

    4. Presidir al Consejo Académico en ausencia del Rector.

    5. Presidir todos los comités del área académica.

    6. Coordinar, supervisar y controlar el desarrollo de los planes, programas, proyectos y actividades docentes, de investigación y de extensión que se adelante en la Universidad.

    7. Coordinar las actividades de los Decanos de Facultad, Directores de Departamento y Centro.

    8. Dirigir, coordinar y evaluar la programación académica semestral y anual de las Facultades, Departamentos, Institutos y Centros, para su estudio y aprobación por parte del Consejo Académico.

    9. Refrendar con su firma los títulos que otorga la Universidad.

    10. Revisar y controlar los planes, programas, proyectos y actividades de capacitación, actualización, profesionalización del personal docente, de investigación y de extensión de la Universidad.

    11. Velar por el cumplimiento de los reglamentos académico, docente y estudiantil vigentes.

    12. Rendir los informes que le solicite el Rector.

    13. Las demás que sean acordes con la naturaleza de su cargo.

  6. REQUISITOS

    Educación

    Experiencia

    Otros

    Título de formación universitar ia o profesional en administración de empresas, pública, educativa, ingeniería de sistemas, industrial, agrícola, electrónica, contaduría, economista, abogado y título de formación avanzada o posgrado en un área relacionada con las funciones del cargo.

    Tres (3) años de experiencia profesional y/o docente.

  7. DESCRIPCION DE FUNCIONES

    Vicerrectoría de Recursos y Bienestar (Cargo 1098)

    1. Reemplazar al Rector durante su ausencia, cuando él así lo determine.

    2. Asesorar al Rector en la formulación de políticas en los campos de bienestar, en salud, educación, recreación, vivienda, recursos académicos, administrativos y asistirlo en las funciones de dirección, coordinación y control de las operaciones correspondientes al plan de desarrollo de los recursos académicos y de bienestar Universitario.

    3. Asistir a la Rectoría en las gestiones ante las instancias pertinentes.

    4. Presidir al Comité de bienestar universitario y el de salud ocupacional.

    5. Coordinar, supervisar y controlar el desarrollo de los planes, programas, proyectos y actividades de los recursos académicos y de bienestar universitario que se adelanten en la Universidad.

    6. Dirigir, coordinar y consolidar la elaboración y presentación de la programación semestral y anual correspondiente de la División de Recursos, Bienestar, Centro de Documentación e Información y Centro de Redes.

    7. Evaluar la gestión de operaciones correspondientes de los recursos académicos y de bienestar Universitario.

    8. Velar por el cumplimiento de los reglamentos de bienestar y recursos académicos vigentes.

    9. Sistematizar y mantener actu alizada la información institucional referente a las operaciones del plan de desarrollo de recursos académicos y de bienestar universitario.

    10. Promover e impulsar programas de asistencia socioeconómica al estudiante, que permitan a este condiciones que hagan grata su permanencia y faciliten el cumplimiento de sus deberes académicos.

    11. Promover e impulsar los programas de fomento de actividad extracurriculares que vinculen tanto al personal de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR