Resolución 367, por la cual se determina la forma para determinar el CMA y el CMO de los prestadores que no disponen de la información necesaria para aplicar los modelos DEA, porque previamente no existiera la información por entrada en operación del prestador en el año de presentación de la información o por causa similar. - 4 de Mayo de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43236132

Resolución 367, por la cual se determina la forma para determinar el CMA y el CMO de los prestadores que no disponen de la información necesaria para aplicar los modelos DEA, porque previamente no existiera la información por entrada en operación del prestador en el año de presentación de la información o por causa similar.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico
Número de Boletín46258

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, en ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas en la Ley 142 de 1994, en los Decretos 1524 de 1994, 1905 de 2000, de conformidad con lo dispuesto en el Código Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 87 de la Ley 142 de 1994 señala que ¿el régimen tarifario estará orientado por los criterios de eficiencia económica, neutralidad, solidaridad, redistribución, suficiencia financiera, simplicidad y transparencia¿;

Que en cumplimiento de tales fines, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, expidió la Resolución 287 de 2004, ¿Por la cual se establece la metodología tarifaria para regular el cálculo de los costos de prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado¿;

Que el artículo 5º de la citada resolución define los Costos Medios de Administración, CMA, para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, para cuyo cálculo se requiere un factor de eficiencia comparativa, en adelante PDEA, obtenido mediante la aplicación del modelo contenido en el anexo 1 de la norma en mención.

Que el artículo 8º ídem establece que, para determinar el parámetro PDEA de cada prestador, se adopta el modelo de eficiencia comparativa con la Metodología de Análisis Envolvente de Datos, DEA, especificado en el anexo 1 de la citada resolución.

Que el artículo 18 de la Resolución CRA 287 de 2004 define los Costos Medios de Operación Comparables, CMOc, para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, incluyendo entre sus componentes un factor de eficiencia comparativa;

Que el artículo 20 ídem establece que, para determinar el parámetro PDEA relativo al cálculo del CMOc de cada prestador, se adopta el modelo de eficiencia comparativa con la Metodología de Análisis Envolvente de Datos, DEA, especificado en el Anexo 2 de la citada Resolución CRA 287 de 2004;

Que los anexos 1 y 2 de la Resolución 287 de 2004 establecen las variables de los modelos, la orientación de los modelos de eficiencia comparativa, los criterios de homogeneización de la muestra, los parámetros mínimos de inclusión de unidades al modelo, la identificación de datos atípicos, así como el tratamiento para las unidades que fueran excluidas de la muestra debido a estos criterios;

Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico expidió la Resolución 346 de 2005 ¿Por la cual se publican los valores de las variables que conforman los modelos de eficiencia comparativa de que trata la resolución CRA 287 de 2004, para determinar el puntaje de eficiencia comparativa PDEA y se dictan otras disposiciones¿;

Que de conformidad con el artículo 10 de la Resolución CRA 287 de 2004, en caso de que la información sobre el CMA previamente no existiera por entrada en operación de un prestador en el año de presentación de la información o por causa similar, este deberá reportar ante la CRA la información sobre este componente, sustentando debidamente tal situación;

Que de conformidad con el artículo 21 de la Resolución CRA 287 de 2004, en caso de que la información sobre el CMO previamente no existiera por entrada en operación de un prestador en el año de presentación de la información o por causa similar, este deberá reportar ante la CRA la...

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