Resolución 4200, por la cual se fija el monto de las tarifas de los honorarios profesionales de los abogados externos para los diferentes procesos que atiende el nivel nacional. - 22 de Noviembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43144412

Resolución 4200, por la cual se fija el monto de las tarifas de los honorarios profesionales de los abogados externos para los diferentes procesos que atiende el nivel nacional.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto de Seguros Sociales
Número de Boletín44235

DIARIO OFICIAL 44.235 RESOLUCIÓN 4200 16/11/2000 por la cual se fija el monto de las tarifas de los honorarios profesionales de los abogados externos para los diferentes procesos que atiende el nivel nacional. El Presidente del Instituto de Seguros Sociales, en uso de las facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 84 del Decreto 2665 de 1988 y el Numeral 31 del artículo 11 del Decreto 2148 de 1992, CONSIDERANDO: Que en defensa de sus intereses el Instituto de Seguros Sociales se debe hacer parte en numerosos procesos judiciales y administrativos, a través de apoderados especiales; Que dado el alto volumen de acciones en las que debe actuar el nivel nacional del Instituto, es preciso contratar abogados externos para que actúen dentro de las mismas, con el objeto de garantizar su atención eficiente y oportuna, por lo cual es necesario determinar el valor de los honorarios a cancelar dependiendo el tipo de proceso, su complejidad, exigencia de especialidad, etc.; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 del Decreto número 2665 de 1988, para efectos de fijar el valor de los honorarios, se seguirán las pautas adoptadas por el ISS; Que actualmente las tarifas de honorarios se hallan contenidas en numerosos actos administrativos, siendo oportuno integrarlas en uno solo y revisar su regulación, RESUELVE: Artículo 1°. Fijar los siguientes montos de las tarifas de honorarios profesionales a pagar a los abogados externos que se contraten para que presten sus servicios al Instituto de Seguros Sociales, en Bogotá, D. C., nivel nacional: I. JURISDICCION LABORAL a) Procesos ordinarios Primera y segunda instancias $2.154.000; b) Procesos Especiales. Ejecutivos: cuando el Instituto sea el demandante, el 20% sobre el valor del mandamiento de pago. Cuando el Instituto sea el demandado, la suma única de $800.000, si la acción se adelanta separadamente y no a continuación del proceso ordinario, conforme a la previsión del artículo 335 del Código de Procedimiento Civil. Fuero Sindical: primera y segunda instancias $1.140.000. II. JURISDICCION PENAL a) Procesos de competencia de las autoridades de policía. Intervención Integral en el Proceso Policivo: $800.000; b) Procesos penales, desde la denuncia hasta el fallo de segunda instancia o terminación del proceso por cualquier causa incluida la constitución de parte civil. La suma total de $2.700.000; c) Acción de Revisión ante los Tribunales Superiores de Distrito $1.500.000. III. JURISDICCION CIVIL a) Procesos ordinarios. Primera y segunda instancias en procesos de mayor cuantía $2.154.000. Primera y segunda instancias en procesos de menor y mínima cuantías $800.000: b) Procesos abreviados Desde su iniciación hasta la firmeza de la providencia que le pone fin $1.000.000; c) Procesos de deslinde y amojonamiento $1.270.000; d) Procesos divisorios $1.270.000; e) Pruebas anticipadas $800.000. f) Procesos ejecutivos: cuando el Instituto sea el demandante, el 20% sobre el valor del mandamiento de pago. Cuando el Instituto sea el demandado, la suma única de $800.000, si la acción se adelanta separadamente y no a continuación del proceso ordinario, conforme a la previsión del artículo 335 del Código de Procedimiento Civil. IV. JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR