Resolución 4441, por medio de la cual se armoniza la Ley 134 de 1994 en lo relativo al Referendo Constitucional de iniciativa gubernamental con las disposiciones vigentes en materia electoral y se dictan otras disposiciones. - 1 de Agosto de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43195373

Resolución 4441, por medio de la cual se armoniza la Ley 134 de 1994 en lo relativo al Referendo Constitucional de iniciativa gubernamental con las disposiciones vigentes en materia electoral y se dictan otras disposiciones.

EmisorVarios - Consejo Nacional Electoral
Número de Boletín45266

El Consejo Nacional Electoral, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 265 numerales 5 y 7 de la Constitución Política, 94 y 95 de la Ley 134 de 1994 y 14 y 39 de la Ley 130 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que el preámbulo de la Constitución Política señala que este cuerpo normativo fue sancionado y promulgado con el fin de "fortalecer la unidad de la nación" y la convivencia y la igualdad dentro de un marco "jurídico democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo";

Que con fundamento en lo anterior el artículo primero de la norma de normas establece que Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de república unitaria, democrática, participativa y pluralista;

Que el artículo 13 superior señala que todas las personas nacen iguales ante la ley y recibirán la misma protección y trato de las autoridades y "gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación...";

Que el artículo 40 de la Constitución Política prescribe que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político mediante el ejercicio del derecho de voto y los mecanismos de participación ciudadana;

Que el numeral 5 del artículo 265 de la Carta Política le confiere al Consejo Nacional Electoral la atribución especial de velar "por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías";

Que así mismo el numeral 7 ibidem le señala como atribución la de "efectuar el escrutinio general de toda votación nacional";

Que por su parte el artículo 107 de la Ley 134 de 1994 le confiere la función de declarar "oficialmente el resultado de la votación";

Que el artículo 108 de la Ley 134 de 1994 establece que: "A las elecciones previstas en esta ley se aplicarán las disposiciones electorales que no sean incompatibles con ella";

Que así las cosas se hace necesario armonizar las disposiciones de la Ley 134 de 1994 sobre Referendo Constitucional de iniciativa gubernamental con las contenidas en el Código Electoral, la Ley 163 de 1994 y otras normas electorales vigentes;

Que el Consejo Nacional Electoral tiene la facultad de expedir reglamentaciones generales para el efectivo desarrollo de las funciones constitucional y legalmente encomendadas, tal como lo ha sostenido el Honorable Consejo de Estado mediante Sentencia de 30 de noviembre de 2001, expediente 2592 proferida por la Sección Quinta al decir:

"(...) la potestad reglamentaria no excluye la facultad que tienen las autoridades que cumplen funciones administrativas para expedir actos de carácter general, los cuales buscan cumplir con las funciones encomendadas por la Constitución y la ley. De ahí que las autoridades tienen una facultad de regulación administrativa subordinada a la ley y a los reglamentos, a través de la cual pueden expedir actos administrativos de carácter general para ejecutar la ley (...)";

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE:

CAPITULO I...

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