Resolución 467, por la cual la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial transfiere al Inurbe la propiedad de unos inmuebles - 21 de Agosto de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43179847

Resolución 467, por la cual la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial transfiere al Inurbe la propiedad de unos inmuebles

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Instituto de Crédito Territorial Unidad Administrativa Especial Liquidadora
Número de Boletín44907

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 1565 de 1996, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante la Ley 281 del 28 de mayo de 1996 se ordenó la creación de una Unidad Administrativa Especial Liquidadora para la terminación de los actos, contratos y operaciones del anterior Instituto de Crédito Territorial.

  2. Que mediante Decreto 1565 de 1996 se crea la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial, encargada de la administración, terminación y liquidación de los actos, contratos y operaciones iniciadas por el antiguo Instituto de Crédito Territorial, con anterioridad a la vigencia de la Ley 3ª de 1991.

  3. Que mediante la Ley 653 del 24 de mayo de 2001 se modifica el artículo 5° de la Ley 281 de 1996 adicionándose por un año más el plazo contemplado en el artículo en mención.

  4. Que el artículo 17 inciso 2° del Decreto 1565 de 1996 establece que cumplido el término los activos, pasivos, derechos y obligaciones que no se liquiden dentro del mismo, al igual que los archivos y documentos, se transferirán al Inurbe.

  5. Que el artículo 4° del Decreto 1121 del 27 de mayo de 2002, establece que en cumplimiento de la Ley 281 de 1996 y el Decreto 1565 de 1996, los activos y pasivos, derechos y obligaciones de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de los Asuntos del Instituto de Crédito Territorial no liquidados a 28 de mayo de 2002, serán transferidos y asumidos por el Inurbe.

  6. Que la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial cuenta con 113 inmuebles de su propiedad en el municipio Manizales, departamento de Caldas.

  7. Que en cumplimiento de las anteriores normas la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial, debe transferir al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, los inmuebles de su propiedad, ubicados en el municipio de Manizales, departamento de Caldas.

En consecuencia,

RESUELVE:

Artículo 1° Transferir al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, representado por el Gerente General, doctor Iván Rodrigo Alvarado Gaitán, la propiedad o el derecho de dominio que la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial tiene sobre los siguientes inmuebles:

Terreno conocido con el nombre La Enea, ubicado en la manzana S Lote 2857 calle 106 A carrera 34B, barrio La Nubia III Sector, municipio de Manizales, departamento de Caldas, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 297 del 12 de noviembre de 1996, debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 100-46035 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales, con un área de 76,00 metros cuadrados y linderos contenidos en la Escritura Pública número 1348 del 29 de diciembre de 1981de la Notaría de Villamaría.

Lote de terreno conocido con el nombre la Enea, ubicado al pie de la quebrada, municipio de Manizales, departamento de Caldas, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 291 del 12 de noviembre de 1996, aclarada por la número 236 del 8 de agosto de 1997, debidamente registradas en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 100-139831 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales, con un área de 7.440 metros cuadrados y linderos contenidos en la Resolución de Transferencia número 236 del 8 de agosto de 1997.

Lote de terreno conocido con el nombre La Enea, ubicado en la cabecera del aeropuerto, municipio de Manizales, departamento de Caldas, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 299 del 12 de noviembre de 1996 y aclarada mediante la Resolución número 238 del 8 de agosto de 1997, debidamente registradas en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 100-139833 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales, con un área de 22.640 metros cuadrados y linderos contenidos en la Resolución de Transferencia número 238 del 8 de agosto de 1997.

Lote de terreno conocido con el nombre Casa Roja, ubicado en el barrio La Enea, municipio de Manizales, departamento de Caldas, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 292 del 12 de noviembre de 1996, aclarada por la número 237 del 8 de agosto de 1997, debidamente registradas en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 100-139832 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales, con un área de 1.128 metros cuadrados y un área de construcción de 296 metros cuadrados, los linderos de este predio se encuentran contenidos en la Resolución de Transferencia número 237 del 8 de agosto de 1997.

Lote de terreno conocido con el nombre Casa 2138 manzana 22A, ubicado en el barrio La Enea Sector I, municipio de Manizales, departamento de Caldas, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 145 del 14 de octubre de 1999, debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 100-53165 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Manizales, con un área de...

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