Resolución 589, por la cual se ordena el pago de los abonos efectuados a las deudas hipotecarias con la expedición de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados ¿Títulos de Tesorería¿, TES-Ley 546. - 2 de Abril de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43191101

Resolución 589, por la cual se ordena el pago de los abonos efectuados a las deudas hipotecarias con la expedición de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados ¿Títulos de Tesorería¿, TES-Ley 546.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45146

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el parágrafo 4° del artículo 41 de la Ley 546 de 1999, el artículo 6° numerales 17 y 31 del Decreto 1133 de 1999 y los Decretos 249 de 2000, 2221 de 2000, 712 de 2001, 360 de 2002, 1916 de 2002 y 020 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 41 de la Ley 546 de 1999 estableció, entre otros, que los abonos a los que se refiere el artículo 40 de la mencionada ley, se harán sobre los saldos vigentes a 31 de diciembre de 1999, de los préstamos otorgados por los establecimientos de crédito para la financiación de vivienda individual a largo plazo;

Que el artículo 42 de la Ley 546 de 1999 señaló, entre otros, que los deudores hipotecarios que estuvieren en mora al 31 de diciembre de 1999, pueden beneficiarse de los abonos previstos en el artículo 40 de la mencionada ley, los cuales se harán sobre los saldos vigentes a 31 de diciembre de 1999;

Que el parágrafo 4° del artículo 41...

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