Resolución 807, por la cual se asignan siete mil seiscientos sesenta y siete (7.667) subsidios familiares de vivienda urbana en los Programas de Retorno y Reubicación bajo las modalidades de solución de arrendamiento, mejoramiento y construcción en sitio propio, correspondientes a los recursos de bolsa para población desplazada por la violencia. - 19 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43217098

Resolución 807, por la cual se asignan siete mil seiscientos sesenta y siete (7.667) subsidios familiares de vivienda urbana en los Programas de Retorno y Reubicación bajo las modalidades de solución de arrendamiento, mejoramiento y construcción en sitio propio, correspondientes a los recursos de bolsa para población desplazada por la violencia.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín45767

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda en uso de las facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido por la Ley 3ª de 1991, la Ley 9ª de 1989, la Ley 546 de 1999, el numeral 9 del artículo 3 y el numeral 3 del artículo 8 del Decreto 555 de 2003 y en especial los artículos 4, 17 y 18 y el numeral 2.5 del artículo 24 del Decreto 951 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 03 de 1991, en su artículo 6 define el Subsidio Familiar de Vivienda «(...) como un aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario con objeto de facilitarle una solución de vivienda de interés social, sin cargo de restitución siempre que el beneficiario cumpla con las condiciones que establece esta ley (¿)»;

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 555 de 2003, corresponde al Fondo Nacional de Vivienda, administrar los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana;

Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto 555 de 2003, establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda «Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (¿)»;

Que el numeral 3 del artículo 8 del Decreto 555 de 2003 establece que al Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda le compete dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones;

Que en las Resoluciones 510 y 735 de 2004, bajo el rubro «acciones constitucionales», el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial destinó la suma de veinte mil millones ($20.000.000.000) para la atención de la población desplazada por la violencia;

Que mediante Resolución 1399 del 6 de diciembre de 2004, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial adicionó los recursos destinados inicialmente al otorgamiento de subsidios para la población desplazada, de forma tal que el total de recursos de la vigencia 2004 corresponde a noventa y nueve mil doscientos veintidós millones novecientos noventa y nueve mil novecientos treinta pesos ($ 99.222.999.930);

Que mediante la Resolución 1230 del 21 de octubre de 2004, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial realizó la distribución regional de los recursos señalados en las Resoluciones 510 y 735 de 2004. Posteriormente y conforme a la adición presupuestal a la que se refiere la Resolución 1399 de 2004, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial estableció una nueva distribución regional de los recursos en los términos y condiciones de la Resolución 1406 de diciembre 6 de 2004;

Que el Fondo Nacional de Vivienda celebró con las Cajas de Compensación Familiar del país, reunidas en Unión Temporal, un contrato de Encargo de Gestión, que se distingue con el número 004A y que tiene por objeto el desarrollo por cuenta y riesgo de las Cajas en Unión Temporal de los «(...) procesos de divulgación, comunicación, información, recepción de solicitudes, verificación y revisión de la información, digitación, ingreso al RUP (Registro único de Postulantes del Gobierno Nacional), prevalidación, apoyo a las actividades de preselección y asignación a cargo del FONDO, seguimiento y verificación de los documentos para hacer efectivo el pago de los subsidios familiares de vivienda en todas sus modalidades, con el fin de garantizar la debida inversión de los recursos, de acuerdo con las leyes y disposiciones que rigen el Subsidio Familiar de Vivienda».

Que la información sobre postulaciones a que se refiere el considerando anterior fue suministrada por la Unión Temporal conformada por todas las Cajas de Compensación Familiar del país, en desarrollo del contrato de Encargo de Gestión distinguido con el número 004 A, celebrado con el Fondo Nacional de Vivienda el día 8 de mayo de 2004;

Que la información remitida por las Cajas de Compensación Familiar - lista de postulantes, se encuentra debidamente certificada por el respectivo Auditor de cada caja. Esta información se encuentra en el Fondo Nacional de Vivienda - Dirección del Sistema Habitacional del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

Que para el proceso de que trata este acto administrativo, se presentaron por las Cajas de Compensación Familiar cuarenta y cuatro mil novecientos siete (44.907) postulantes;

Que una vez efectuado el proceso de validación de la información, se procedió a la calificación de acuerdo con los artículos 17 y 18 del Decreto 951 de 2001, cumpliendo con todos los requisitos de la normatividad vigente y una vez calificados se ordenaron de manera secuencial descendente de acuerdo al cupo departamental de la Resolución 1406 del 6 de diciembre de 2004 hasta agotar los recursos disponibles;

Que la Oficina de Sistemas del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante memorando número 1450 -I3- 95892 del 7 de diciembre de 2004, certificó que las postulaciones cumplieron el proceso exigido por las normas legales vigentes para la presente asignación, asimismo dejó constancia que en esa Oficina reposa la información procesada (en medios magnéticos) así como los informes y observaciones;

Que en cumplimiento al Decreto 975 de 2004 la firma Amézquita y Cía. S.A. adelantó la auditoría al proceso y emitió la Certificación correspondiente Nº 2004 - 0925 del 07 de diciembre de 2004;

Que el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, mediante comunicación CCO-4322 de fecha diciembre 15 de 2004, ha manifestado que con base en lo dictaminado por la firma Auditora no tiene objeción al proyecto de resolución en lo relacionado con los numerales 7 y 8 del capítulo 2 del Reglamento Operativo del Préstamo 1483/OC-CO - Programa de Vivienda de Interés Social Urbana;

Que el valor de la presente Resolución asciende a la suma de treinta y cuatro mil cuatrocientos veinte millones setecientos sesenta y cuatro mil trescientos veintiséis pesos ($34.420.764.326) y se encuentra amparado con los certificados de disponibilidad presupuestal números 19 y 21 del 2 y 7 de diciembre de 2004, por valor de veintitrés mil treinta y dos millones novecientos noventa y nueve mil novecientos treinta pesos ($23.032.999.930), y setenta y seis mil ciento noventa millones de pesos ($76.190.000.000), de la vigencia fiscal 2004 expedido por el Coordinador del Grupo de Finanzas y Presupuesto del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial;

Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignación, fueron beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en los Programas de Retorno y Reubicación bajo las modalidades de solución de arrendamiento, mejoramiento y construcción en sitio propio, aquellos hogares que cumplieron con lo establecido en los artículos 4 y 17 del Decreto 951 de 2001 y demás requisitos fijados en la normatividad vigente,

RESUELVE:

Artículo 1°

Asignar siete mil seiscientos sesenta y siete (7.667) subsidios familiares de vivienda urbana en los componentes de Retorno y Reubicación en las modalidades de arrendamiento, mejoramiento y construcción en sitio propio, correspondientes a los recursos de bolsa para población desplazada por la violencia, representados por los hogares que se relacionan a continuación del siguiente cuadro resumen del número y valor de subsidios asignados.

Departamento Número Valor Subsidio

AMAZONAS 20 $ 9.500.000,00

ANTIOQUIA 1.548 6.927.300.000,00

ARAUCA 17 80.100.000,00

ATLANTICO 3 13.425.000,00

BOGOTA, D. C. 582 2.604.450.000,00

BOLIVAR 31 155.699.000,00

BOYACA 44 196.900.000,00

CALDAS 166 740.725.000,00

CAQUETA 576 2.594.050.000,00

CASANARE 30 133.220.000,00

CAUCA 8 35.711.000,00

CESAR 883 3.951.425.000,00

CORDOBA 2 6.155.000,00

CUNDINAMARCA 150 671.250.000,00

HUILA 357 1.595.900.000,00

LA GUAJIRA 243 1.114.265.000,00

MAGDALENA 62 277.430.000,00

META 1 4.475.000,00

NARIÑO 466 2.080.240.000,00

NORTE DE SANTANDER 181 814.450.000,00

PUTUMAYO 10 44.392.000,00

QUINDIO 148 656.725.000,00

RISARALDA 404 1.807.900.000,00

SANTANDER 327 1.463.325.000,00

SUCRE 677 3.083.275.000,00

TOLIMA 149 666. 775.000,00

VALLE 582 2.611.702.326,00

TOTAL 7.667 $ 34.420.764.326,00

AMAZONAS

No. MUNICIPIO CEDULA APELLIDOS Y NOMBRES TIPO PUNTAJE SUBSIDIO

1 LETICIA 17.654.545 AGUDELO COMETA LUIS EDUARDO ARRENDAMIENTO 76 $ 4.475.000

2 LETICIA 18.390.814 ARIZA LOZANO JOSE FERNANDO ARRENDAMIENTO 77 $ 4.475.000

3 LETICIA 12.978.126 DELGADO GOYES JOSE HUMBERTO ARRENDAMIENTO 80 $ 4.475.000

4 LETICIA 17.311.309 DEVIA PARRA GRATINIANO ARRENDAMIENTO 76 $ 4.475.000

5 LETICIA 97.600.235 DIAZ SANCHEZ CARLOS ARTURO ARRENDAMIENTO 82 $ 4.475.000

6 LETICIA 40.088.898 GARCES MUÑOZ ZULEIDA ARRENDAMIENTO 77 $ 4.475.000

7 LETICIA 17.635.981 GOMEZ CRUZ JAIME ARRENDAMIENTO 77 $ 4.475.000

8 LETICIA 23.835.320 GUALTEROS PALACIOS MARIA HERMENCIA ARRENDAMIENTO 79 $ 4.475.000

9 LETICIA 20.748.986 LEON URREGO MARIA DE JESUS ARRENDAMIENTO 77 $ 4.475.000

10 LETICIA 4.957.297 LOZANO SANCHEZ REINEL ARRENDAMIENTO 77 $ 4.475.000

11 LETICIA 40.085.999 MARIN RAMIREZ MARIA EDIT ARRENDAMIENTO 81 $ 4.475.000

12 LETICIA 18.107.980 MASETO DAVID ARRENDAMIENTO 77 $ 4.475.000

13 LETICIA 6.668.172 MEYER PATIÑO ALONSO ARRENDAMIENTO 79 $ 4.475.000

14 LETICIA 11.189.246 QUIROGA PEDRO ANTONIO ARRENDAMIENTO 83 $ 4.475.000

15 LETICIA 9.521.803 RAMIREZ CARDONA CARLOS JULIO ARRENDAMIENTO 82 $ 4.475.000

16 LETICIA 26.638.106 SANCHEZ ORTEGA ARASELIS ARRENDAMIENTO 77 $ 4.475.000

17 LETICIA 4.886.837 SIERRA BERMUDEZ JORGE ELIAS ARRENDAMIENTO 77 $ 4.475.000

18 LETICIA 17.710.093 TOVAR BERGAÑO CARLOS ALBERTO ARRENDAMIENTO 80 $ 4.475.000

19 LETICIA 8.190.367 TREJOS MIRANDA CESAR OSVALDO ARRENDAMIENTO 76 $ 4.475.000

20 LETICIA 17.327.959 ZAPATA MARIN LUIS CARLOS...

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