Resolución 916, por la cual se delegan unas funciones - 24 de Noviembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43128181

Resolución 916, por la cual se delegan unas funciones

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín43792

DIARIO OFICIAL 43.792 RESOLUCIÓN 916 22/11/1999 por la cual se delegan unas funciones. El Ministro de Justicia y del Derecho, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, los artículos 48, 65, 70 y 74 del Decreto número 1950 de 1973; el artículo 36 del Decreto número 1042 de 1978; los artículos 9° y 16 del Decreto número 1045 de 1978; el artículo 1° del Decreto número 1985 de 1994; el artículo 12 de la Ley 80 de 1993; el artículo 37 del Decreto número 2150 de 1995 y el artículo 110 del Decreto número 111 de 1996, RESUELVE: Artículo 1°. Delegar en la Secretaría General del Ministerio de Justicia y del Derecho la facultad para celebrar contratos y expedir todos los actos administrativos relacionados con la actividad contractual, comprometer y ordenar los gastos que por todo concepto se requieran en desarrollo de las apropiaciones presupuestales del Ministerio de Justicia y del Derecho. Para el cumplimiento de la función de delegación del gasto, incluyendo las actividades a que se refieren los numerales 2, 4, 5, 7 y 8 del artículo 3° de la Presente resolución, se deberá contar con el estudio y visto bueno previo de una junta que estará integrada de la siguiente manera: 4. El Secretario General 5. El Secretario Privado del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho 6. Un delegado del Ministro de Justicia y del Derecho. Artículo 2°. La delegación Prevista en el artículo anterior faculta a la Secretaría General para la realización de los diferentes actos y trámites inherentes a la ordenación del gasto a través de la Oficina Jurídica y en los grupos de Gestión Financiera, Gestión Administrativa y de Gestión Humana, de acuerdo con lo de su competencia, excepto para suscripción de los contratos con o sin formalidades plenas. Artículo 3°. Delegar en la Secretaría General las siguientes funciones: 1. Otorgar las licencias para Traductores e Intérpretes Oficiales. 2. Conceder las comisiones de servicios al interior del país. 3. Conceder las licencias no remuneradas. 4. Autorizar y reconocer la concesión de vacaciones en dinero. 5. Autorizar por intermedio del Grupo de Gestión Administrativa, la baja definitiva de bienes muebles, el traspaso, préstamo o depósito de los mismos a otras entidades de derecho público en los términos de las normas vigentes. 6. Certificar la veracidad de la información, sobre contratos, multas y sanciones de los inscritos en el registro de proponentes y...

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