Resolución DRSOC-000061 - 27 de Abril de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43175169

Resolución DRSOC-000061

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
Número de Boletín44782

El Director Regional Suroccidente de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC, en uso de las atribuciones legales conferidas en el Decreto-ley 3120 de 1968, 2811 de 1974, Decreto Reglamentario número 1541 de julio 26 de 1978, Ley 2ª de 1978, Acuerdo CVC número 20 de agosto 14 de 1979 y artículo 8° de la Resolución número DRSOC‑000343 del 12 de diciembre de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número DRSOC‑000343 del 12 de diciembre de 2001, la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC, a través de la Dirección Regional Suroccidente con sede en Yumbo legalizó el pozo profundo inventariado por la CVC como el número Vc‑47 localizado dentro del predio denominado Aldovea de propiedad de la Sociedad Jorge C. Varela L. & Cía. S. en C.S., ubicado en el Corregimiento de Navarro, jurisdicción del municipio de Santiago de Cali, departamento del Valle del Cauca.

La anterior resolución fue notificada personalmente el día 24 de enero de 2002 por intermedio de la UMC Pance‑Meléndez‑Cali‑Aguacatal con sede en Santiago de Cali al doctor José Félix Escobar Escobar, actuando en su condición de apoderado especial de la Sociedad Jorge C. Varela L. & Cía. S. en C. S.;

Que mediante escrito de fecha 29 de enero de 2002 y recibido en el despacho de la UMC Pance‑Meléndez-Cali‑Aguacatal de la Dirección Regional Suroccidente con sede en Santiago de Cali, el doctor José Félix Escobar Escobar, actuando en su condición de apoderado especial de la Sociedad Jorge C. Varela L. & Cía. S. en C. S., interpuso el recurso de reposición y subsidiario de apelación contra la Resolución número DRSOC000343 del 12 de diciembre de 2001, en los siguientes términos:

¿El motivo de inconformidad de mi poderdante radica en el artículo segundo, en cuanto señaló `un régimen de explotación diaria de 10 horas durante siete (7) días a la semana¿, lo que es insuficiente para suplir las necesidades de riego de la Hacienda Aldovea¿. Dado que la propiedad posee un reservorio del cual se puede bombear agua en las horas pico y los fines de semana...

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