Resolución Ejecutiva 039 - 14 de Marzo de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43220045

Resolución Ejecutiva 039

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45850

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 de la Ley 600 de 2000, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 63/2004 del 12 de febrero de 2004, el Gobierno de España, a través de su Embajada en Colombia, solicitó formalmente la extradición del ciudadano colombiano Francisco Díaz Jaramillo, contra quien "se sigue sumario 6/03 en el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, que dictó Auto motivado de procesamiento y prisión con fecha 18 de junio de 2003, por un presunto delito contra la salud pública";

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 514 de la Ley 600 de 2000, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Oficina Asesora Jurídica, mediante oficio OAJ.E. número 0192 del 18 de febrero de 2004, conceptuó:

    "... que el Convenio aplicable al presente caso es la Convención de Extradición de Reos vigente entre los dos Gobiernos, suscrita el 23 de julio de 1892 y aprobada por Ley 35 de 1892. Debe tenerse en cuenta que, la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas firmada en Viena el 20 de diciembre de 1988, en su artículo 6° y en especial el numeral 2 dispone: `Cada uno de los delitos a los que se aplica el presente artículo se considerará incluido entre los delitos que den lugar a extradición en todo tratado de extradición vigente entre las Partes. Las Partes se comprometen a incluir tales delitos como casos de extradición en todo tratado de extradición que concierten entre sí¿.

    Igualmente, me permito informar que frente a la Convención de Viena de 1988 se realizaron las reservas y declaraciones que se adjuntan y que mediante nota diplomática OJ.AT.DM. 064829 del 22 de diciembre de 1997, se...

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