Resolución Ejecutiva 305 - 17 de Noviembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43230236

Resolución Ejecutiva 305

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín46095

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 509 de la Ley 600 de 2000, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 2949 del 30 de noviembre de 2004, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición de la ciudadana colombiana Diana Milena Polentino Córdoba requerida para comparecer a juicio por delitos de homicidio, lesiones personales agravadas causadas a un menor y por robo de menores.

  2. Que el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 24 de diciembre de 2004 decretó la captura con fines de extradición de la ciudadana Diana Milena Polentino Córdoba, identificada con la cédula de ciudadanía número 52836167, la cual se hizo efectiva el 28 de diciembre de 2004.

  3. Que la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país, mediante Nota Verbal número 0433 del 25 de febrero de 2005, formalizó la solicitud de extradición de la ciudadana Diana Milena Polentino Córdoba.

    En la mencionada Nota informa:

    ¿Diana Milena Polentino-Córdoba es requerida para comparecer a juicio por delitos de homicidio y lesiones personales agravadas causadas a un menor, y por robo de menores. Es la sujeto de la Acusación número BA255207, dictada el 23 de julio de 2004, en la Corte Superior de California, Condado de los Angeles, mediante la cual se le acusa de:

    -- Cargo Uno: Lesión personal a un menor causándole la muerte, en violación del Código Penal de California, Sección 273 ab;

    -- Cargo Dos: Homicidio, en violación del Código Penal de California, Sección 187 (a);

    -- Cargo Tres: Abuso contra un menor, en violación del Código Penal de California, Secciones 273 (a) y 12022.95; y

    -- Cargos Cuatro y Cinco. Robo de menores, en violación del Código Penal de California, Sección 278.

    Un auto de detención contra la señora Polentino-Córdoba por estos cargos fue dictado el 23 de julio de 2004 por la Corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (...)

    Todas las acciones adelantadas por la acusada en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997, y con anterioridad al 1° de enero de 2005...¿.

  4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 514 de la Ley 600 de 2000, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Oficina Jurídica, mediante Oficio OAJ.E. número 0233 del 28 de febrero de 2005, conceptuó:

    ¿... que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano¿.

  5. Que el Ministerio del Interior y de Justicia, mediante Oficio número 03810 del 9 de marzo de 2005, remitió a la Sala de Casación Penal de la honorable Corte Suprema de Justicia la documentación traducida y autenticada, con la cual la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país, formalizó la solicitud de extradición de la ciudadana Diana Milena Polentino Córdoba, para que fuera emitido el respectivo...

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