Resolución ejecutiva número 112 de 2017, por la cual se revoca el artículo primero de la Resolución Ejecutiva número 304 del 1º de noviembre de 2016y se condiciona la concesión de la extradición - 13 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 671485589

Resolución ejecutiva número 112 de 2017, por la cual se revoca el artículo primero de la Resolución Ejecutiva número 304 del 1º de noviembre de 2016y se condiciona la concesión de la extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50174

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, en concordancia con los artículos 93 y 97 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Gobierno nacional, mediante Resolución Ejecutiva número 304 del 1º de noviembre de 2016, concedió la extradición del ciudadano colombiano Ismael Enrique Peñaloza Mendoza, identificado con la cédula de ciudadanía número 18956472, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América, por los siguientes cargos:

    Cargo Uno: Concierto para distribuir una sustancia controlada, a saber: un kilogramo o más de heroína, a sabiendas y con la intención de que dicha sustancia sería importada ilícitamente a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, o ayuda y facilitación de dicho delito;

    Cargo Dos: Concierto para importar una sustancia controlada, a saber: un kilogramo o más de heroína, a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, o ayuda y facilitación de dicho delito;

    Cargo Tres: Concierto para distribuir una sustancia controlada, a saber: un kilogramo o más de heroína, e intento para poseer con la intención de distribuir una sustancia controlada, a saber: un kilogramo o más de heroína, o ayuda y facilitación de dicho delito; y, Cargos Cuatro, Cinco y Seis: Poseer con la intención de distribuir una sustancia controlada, a saber: un kilogramo o más de heroína, o ayuda y facilitación de dicho delito.

    Los anteriores cargos se encuentran mencionados en la Acusación número 1: 15- cr -00004, dictada el 15 de enero de 2015, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia.

  2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la anterior decisión se notificó personalmente al abogado defensor del ciudadano requerido, el 16 de noviembre de 2016, y al señor Peñaloza Mendoza, el 21 de noviembre de 2016.

    Tanto al ciudadano requerido como a su abogado defensor se les informó que contra la decisión del Gobierno nacional procedía el recurso de reposición, indicándoles que la oportunidad para hacerlo era dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la diligencia de notificación personal.

  3. ...

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