Resolución ejecutiva número 331 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 23 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654155905

Resolución ejecutiva número 331 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50066

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 2328 del 14 de diciembre de 2015, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición de la ciudadana colombiana María Nilsa Zúñiga Bolaños, requerida para comparecer a juicio por delitos federales de narcóticos y delitos relacionados con armas de fuego.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 1º de febrero de 2016, decretó la captura con fines de extradición de la ciudadana María Nilsa Zúñiga Bolaños, identificada con cédula de ciudadanía número 41115801, la cual se hizo efectiva el 18 de abril de 2016, por miembros de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 0976 del 14 de junio de 2016, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición de la ciudadana María Nilsa Zúñiga Bolaños.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "María Nilsa Zúñiga Bolaños es requerida para comparecer ajuicio por delitos federales de narcóticos y delitos relacionados con armas de fuego. Es el sujeto de la acusación No. 15 CRIM 666 (también enunciado como 15 Cr. 666), dictada el 6 de octubre de 2015, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, mediante la cual se acusa de: --Cargo Uno: Concierto para poseer con la intención de fabricar y distribuir cinco kilogramos o más de mezclas y sustancias que contenían una cantidad perceptible de cocaína, con la intención y a sabiendas de que dicha sustancia sería importada ilícitamente a los Estados Unidos, y en aguas territoriales dentro de una distancia de 12 millas de la costa de los Estados Unidos, en violación del Título 21, Secciones 963, 959(a), 959(c), 960(a)(3), 960(b)(1)(B)(ii) del Código de los Estados Unidos, y del Título 18, Secciones 2 y 3238 del Código de los Estados Unidos.

    (... ) Un auto de detención contra María Nilsa Zúñiga Bolaños por este cargo fue dictado el 6 de octubre de 2015, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición de la ciudadana María Nilsa Zúñiga Bolaños, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 1323 del 14 de junio de 2016, señaló que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a los instrumentos internacionales vigentes entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    En consecuencia, es preciso señalar que, se encuentra vigente para las Partes, la 'Convención de Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas', suscrita en Viena el 20 de diciembre de 19881. En ese sentido, el artículo 6º, numerales 4 y 5 del precitado tratado...

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