Resolución ejecutiva número 332 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 23 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654155909

Resolución ejecutiva número 332 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50066

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal MRC número 16/16 del 27 de enero de 2016, el Gobierno de la República Argentina, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano neozelandés Peter Phillip Leaitua o Peter James, requerido por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional número 12 Secretaría número 24, en la causa número 413/2011, caratulada "Vivas Vargas, Alejandrina y otros s/infracción Ley 23.737", por los presuntos delitos de contrabando agravado y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada, de conformidad con la orden de detención del 11 de octubre de 2011.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación (e), mediante resolución del 29 de enero de 2016, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano neozelandés Peter Phillip Leaitua con pasaporte número LA497013 de Nueva Zelanda quien también se identifica como Peter James, con pasaporte número LL304166, de ese mismo país, quien había sido detenido el 23 de enero de 2016, con fundamento en una Circular Roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal MRC número 51/16 del 1º de marzo de 2016, el Gobierno de la República Argentina, a través de su Embajada en Colombia, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano neozelandés Peter Phillip Leaitua o Peter James.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano neozelandés Peter Phillip Leaitua o Peter James, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio DIAJI número 0478 del 2 de marzo 2016, conceptuó que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a los instrumentos internacionales vigentes entre la República de Colombia y la República Argentina.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de precisar que se encuentra vigente el siguiente tratado regional de extradición y multilateral de Cooperación entre las Partes:

  5. La ' Convención sobre Extradición', suscrita en Montevideo el 26 de diciembre de 1933.

  6. La 'Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas', adoptada en Viena el 20 de diciembre de 19881...".

  7. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano neozelandés Peter Phillip Leaitua o Peter James, el Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante oficio número OFI16-0005754-OAI-1100 del 7 de marzo de 2016, lo remitió a la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia para el concepto correspondiente.

  8. Que la Sala de Casación Penal de la Honorable Corte Suprema de Justicia, mediante pronunciamiento del 9 de noviembre de 2016, habiendo encontrado cumplidos los requisitos que exigen las normas...

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