Resolución ejecutiva número 339 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 1 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654894721

Resolución ejecutiva número 339 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50074

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Notas Verbales números 1559 y 2021 del 27 de agosto y 23 de octubre de 2015, respectivamente, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano José Luis Gómez Ramírez, requerido para comparecer a juicio por delitos de agresión sexual.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 15 de diciembre de 2015, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano José Luis Gómez Ramírez, identificado con la cédula de ciudadanía número 80721875, la cual se hizo efectiva el 22 de abril de 2016 por funcionarios de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1003 del 17 de junio de 2016, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano José Luis Gómez Ramírez.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "José Luis Gómez Ramírez es requerido para comparecer a juicio en los Estados Unidos por delitos de agresión sexual. El 14 de julio de 2015, una acusación fue dictada en el Caso número DC-15-361, en la Corte del Distrito Cuatro de Montana, en el Condado de Missoula, mediante la cual se le acusa a Gómez Ramírez de los siguientes delitos: -- Cargo Uno: Agresión sexual, en violación de la Sección 45-5- 502(1)[2]

    de los Estatutos de Montana (Mont. Code Ann.); y -- Cargos Dos y Tres: Acceso carnal sin consentimiento, en violación de la Sección 45-5- 503 de los Estatutos de Montana.

    Un auto de detención contra José Luis Gómez Ramírez por estos cargos fue dictado el 14 de julio de 2015, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997...".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano José Luis Gómez Ramírez, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección deAsuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio DIAJI número 1363 de 17 de junio de 2016, conceptuó:

    "En atención a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que por no existir tratado aplicable al caso en mención, es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano...".

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano José Luis Gómez Ramírez...

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