Resolución ejecutiva número 341 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 6 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 655137429

Resolución ejecutiva número 341 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50079

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Notas Verbales números 302 y 304 del 17 de noviembre de 2015, 313 del 26 de noviembre y 329 del 9 de diciembre de 2015, el Gobierno de la República Federativa del Brasil, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano colombiano Luis Alberto O'byrne Botia, requerido para el cumplimiento de la condena impuesta por el Juzgado Federal del 10 Juzgado Criminal - 1a Subsección Judiciaria en Sao Paulo, mediante sentencia del 12 de mayo de 2011, proferida dentro de la causa número 005312-72.2007.403.6181, por el delito de tráfico transnacional de drogas.

    El ciudadano requerido había sido capturado el 6 de noviembre de 2015 con fundamento en una Circular Roja de Interpol, pero fue puesto en libertad por orden del Fiscal General de la Nación conforme a la resolución del 13 de noviembre de 2015, al no recibir oportunamente la solicitud de captura con fines de extradición por parte de la Embajada del Brasil.

  2. Que el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 11 de marzo de 2016, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Luis Alberto O'byrne Botia, Identificado con la cédula de ciudadanía número 94371792, la cual se hizo efectiva el 7 de septiembre de 2016, por miembros de la Dirección Nacional de Articulación de Policías Judiciales Especializadas de la Fiscalía General de la Nación.

  3. Que el Gobierno de la República Federativa del Brasil, a través de su Embajada en Colombia, mediante Notas Verbales números 338 del 15 de diciembre de 2015 y 077 del 29 de marzo de 2016, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Luis Alberto O'byrne Botia.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano colombiano Luis Alberto O'byrne Botia, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficios DIAJI números 2919 del 21 de diciembre de 2015 y 0748 del 1º de abril de 2016, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a los instrumentos internacionales vigentes entre la República de Colombia y la República Federativa del Brasil.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es de indicar que se encuentran vigentes los siguientes tratados de extradición y multilaterales de Cooperación entre las Partes:

    · El 'Tratado de Extradición' entre la República Federativa del Brasil y la República de Colombia, suscrito en Río de Janeiro, el 28 de diciembre de 1938.

    · La 'Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas', adoptada en Viena, el 20 de diciembre de 19881.

    Es del caso traer a colación lo dispuesto en el artículo 6, numeral 2, de la precitada Convención, el cual obra en los siguientes términos:

    "[...]

    Cada uno de los delitos a los que se aplica el presente artículo se considerará incluido entre los delitos que den lugar a extradición en todo tratado de extradición vigente entre las Partes. [...]...".

  5. Que perfeccionado así el expediente de extradición del ciudadano Luis Alberto O'byrne Botia, el...

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