Resolución ejecutiva número 457 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 22 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656246469

Resolución ejecutiva número 457 de 2016, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín50095

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, a través de su Embajada en nuestro país, mediante Notas Verbales números II.2.C6.E3 002082 y II.2. C6.E3 002180 del 7 y 17 de junio de 2016, respectivamente, solicitó la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano venezolano Víctor Osías Cáceres Guerrero, requerido por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado de Zulia, por la presunta comisión del delito de estafa calificada y continuada, de conformidad con la Orden de Aprehensión dictada el 5 de abril de 2011.

  2. Que en atención a dicha solicitud, la Fiscal General de la Nación, (e) mediante resolución del 8 de junio de 2016, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano venezolano Víctor Osías Cáceres Guerrero, identificado con la cédula de identidad venezolana número V-4.015.158, quien había sido detenido el 31 de mayo de 2016, por funcionarios de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol, Seccional Barranquilla, con fundamento en una Circular Roja de Interpol.

  3. Que la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en nuestro país, mediante Nota Verbal número II.2.C6.E3 002824 del 24 de agosto de 2016, formalizó la solicitud de extradición del ciudadano venezolano Víctor Osías Cáceres Guerrero.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano venezolano Víctor Osías Cáceres Guerrero, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante Oficio número DIAJI. número 1991 del 24 de agosto de 2016, conceptuó que:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a los instrumentos internacionales vigentes entre la República de Colombia y la República Bolivariana de Venezuela.

    En consecuencia, y una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio...

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