Resolución número 000005 de 2017, por medio de la cual se delegan unas funciones del Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la Directora de Gestión de Aduanas - 6 de Febrero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 664414969

Resolución número 000005 de 2017, por medio de la cual se delegan unas funciones del Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la Directora de Gestión de Aduanas

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín50139

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, el artículo de la Ley 489 de 1998 y el artículo 49 del Decreto número 4048 del 22 de octubre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 3568 de 2011 modificado por el Decreto número 1894 de 2015 tiene como objeto establecer y regular el Operador Económico Autorizado en Colombia, con el fin de contribuir a mejorar la seguridad en la cadena de suministro internacional y la facilitación del comercio constituyéndose en una herramienta para la seguridad en la cadena logística, alcanzar mejores niveles de competitividad en las empresas y, por esta vía, en el futuro fortalecer los lazos comerciales con terceros países a través de Acuerdos de Reconocimiento Mutuo.

Que según lo dispuesto en la Decisión número 770 sobre Facilitación del Comercio en Materia Aduanera en la Comunidad Andina, en concordancia con la Resolución número 1467, se han establecido objetivos y estrategias específicas de los Países Miembros de la Comunidad Andina para la Facilitación del Comercio en materia aduanera, entre ellos el fortalecimiento de la gestión aduanera con el operador de comercio exterior, a través de la figura del Operador Económico Autorizado, lo cual hace necesario establecer un compromiso de las Partes para contar con un plan de trabajo específico sobre la materia, tendiente a alcanzar el reconocimiento mutuo de sus respectivos programas de Operador Económico Autorizado en el periodo 2016-2018;

Que Colombia, ejerciendo la presidencia pro témpore de la Comunidad Andina (CAN) en el periodo 2016-2017, junto con la Secretaría General de la Comunidad Andina (SGCAN) y los países miembros, han venido explorando la posibilidad de la firma de un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo multilateral de los programas de Operador Económico Autorizado.

Que mediante comunicado de la Dirección General de la Secretaría General de la Comunidad Andina número...

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