Resolución número 00000966 de 2016, por la cual se crea y se organiza el funcionamiento del Comité Estratégico en Salud Pública - 18 de Marzo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 631730917

Resolución número 00000966 de 2016, por la cual se crea y se organiza el funcionamiento del Comité Estratégico en Salud Pública

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49819

El Ministro de Salud y Protección Social, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 2º, numeral 3, y 6º, numerales, 15 y 20 del Decreto-ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 3518 de 2006 se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública (Sivigila), para la provisión en forma sistemática y oportuna, de información sobre la dinámica de los eventos que afecten o puedan afectar la salud de la población, con el fin de orientar las políticas y la planificación en salud pública; tomar las decisiones para la prevención y control de enfermedades y factores de riesgo en salud; optimizar el seguimiento y evaluación de las intervenciones; racionalizar y optimizar los recursos disponibles y lograr la efectividad de las acciones en esta materia, propendiendo por la protección de la salud individual y colectiva.

Que el artículo 3º ibídem, adopta algunas definiciones entre las que se encuentran las de eventos y eventos de interés en Salud Pública como sucesos o circunstancias que pueden modificar o incidir en la situación de salud de un individuo o una comunidad, y los considerados como importantes o trascendentes para la salud colectiva por parte del hoy Ministerio de Salud y Protección Social.

Que son responsables de la implementación del Sistema de Vigilancia en Salud Pública (Sivigila) el hoy Ministerio de Salud y Protección Social, los Institutos Nacional de Salud (INS) y de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), las Direcciones Departamentales, Distritales y Municipales de Salud, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios de Salud, las Unidades Notificadoras y las Unidades Primarias Generadoras de Datos, como lo determina la norma en comento.

Que entre las funciones de este Ministerio le asiste la de dirigir el Sistema de Vigilancia en Salud Pública, coordinar la participación activa de las organizaciones del sector salud y de otros sectores del ámbito nacional, realizar el análisis de la situación de salud del país y declarar la emergencia nacional en salud pública cuando el riesgo sobre la misma así lo imponga.

Que conforme con lo anteriormente señalado, se hace necesario contar con un espacio para la evaluación del riesgo y toma de decisiones...

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