Resolución número 00004449 de 2014, por la cual se establece el reporte directo al Ministerio de Salud y Protección Social, de los datos del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS), por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, habilitadas en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina - 31 de Octubre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 542436034

Resolución número 00004449 de 2014, por la cual se establece el reporte directo al Ministerio de Salud y Protección Social, de los datos del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS), por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, habilitadas en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49321

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por los artículos 173, numerales 3 y 7 de la Ley 100 de 1993 y 114 de la Ley 1438 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 34 del artículo del Decreto número 4107 de 2011, adicionado por el artículo 2º del Decreto número 2562 de 2012, corresponde a este Ministerio, definir el valor de la Unidad de Pago por Capitación de cada régimen;

Que en desarrollo de estas facultades y teniendo en cuenta la condición insular del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, la distancia significativa que lo separa del territorio continental, las vías y medios de acceso a los servicios de salud, sumado a sus connotaciones especiales de población, perfil epidemiológico, oferta y condiciones de los prestadores de servicios de salud, se le ha reconocido una prima adicional para zona alejada del continente al valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para los años 2013 y 2014;

Que con el propósito de contar con oportunidad, calidad y cobertura, con los insumos que permitan adelantar los estudios relacionados con la demanda de los servicios de salud, la disponibilidad y suficiencia de la oferta, al igual que conocer el comportamiento de las tarifas, para determinar con mayor exactitud la prima adicional referida, se requiere establecer un mecanismo de transferencia de datos de las prestaciones individuales de salud, desde las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, a este Ministerio;

Que actualmente la Resolución número 3374 de 2000, modificada por la Resolución número 1531 de 2014, establece una estructura de flujo de datos que se origina en el prestador de servicios de salud, se transfiere a la entidad administradora de planes de beneficios y de esta al Ministerio de Salud y Protección Social, proceso que en el caso del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, no permite contar con los datos en la oportunidad requerida para la elaboración de dichos estudios;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Obligación de reporte del RIPS al Ministerio de Salud y Protección Social.

Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud habilitadas en el departamento Archipiélago de San Andrés...

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