Resolución número 00005632 de 2014, por la cual se autoriza el uso de Maíz 5307 (SYN- 05307-1) como materia prima en la producción de alimentos para consumo humano - 5 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 548107718

Resolución número 00005632 de 2014, por la cual se autoriza el uso de Maíz 5307 (SYN- 05307-1) como materia prima en la producción de alimentos para consumo humano

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49356

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades reglamentarias, en especial, de las conferidas por el artículo 6º del Decreto número 4525 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, se adoptó el 5 de junio de 1992 y fue aprobado por Colombia mediante la Ley 165 de 1994, la cual fue declarada exequible por la honorable Corte Constitucional mediante Sentencia C-519 de 1994.

Que el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, fue adoptado el 29 de enero de 2000 y aprobado en Colombia mediante Ley 740 de 2002, la cual fue declarada exequible por la Honorable Corte Constitucional en Sentencia C-071 de 2003.

Que el Gobierno Nacional, mediante Decreto número 4525 de 2005, reglamentario de la Ley 740 de 2002, estableció el marco regulatorio de los Organismos Vivos Modificados (OVM).

Que mediante el artículo 1º de la Resolución 227 de 2007, expedida por el entonces Ministerio de la Protección Social, se conformó el Comité Técnico Nacional de Biosegu-ridad para OVM con uso en salud o alimentación humana exclusivamente (CTNSalud), integrado por el Ministro de la Protección Social o su delegado, el Director del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) o su delegado y el Director de Colciencias o su delegado.

Que una de las funciones del citado comité es recomendar al Ministro de Salud y Protección Social la expedición del acto administrativo de autorización para el desarrollo de actividades con Organismos Vivos Modificados (OVM).

Que Syngenta S. A., con domicilio en la ciudad de Bogotá, D. C., y NIT. 830.074.2227, mediante su representante legal suplente, doctor Andrés Álvarez De la Roche, en comunicación dirigida al Invima bajo radicado 11100640 del 18 de octubre de 2011, solicitó autorización de uso del Maíz 5307 (SYN-05307-1) como materia prima para la producción de alimentos para consumo humano.

Que el análisis de la documentación que soporta la evaluación de riesgos y de inocuidad presentada por la citada compañía para el Maíz 5307 (SYN-05307-1), fue adelantado por el Comité Técnico Nacional de Bioseguridad (CTNSalud) en las siguientes sesiones:

  1. Sesión del CTNSalud del 6 de julio de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR