Resolución número 000060 de 2017, por la cual se reglamentan y administran para el año 2017 los contingentes de importación de productos originarios de la Confederación Suiza y el Principado de Liechtens-tein establecidos en el Decreto 0029 de 2012 - 16 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 671707841

Resolución número 000060 de 2017, por la cual se reglamentan y administran para el año 2017 los contingentes de importación de productos originarios de la Confederación Suiza y el Principado de Liechtens-tein establecidos en el Decreto 0029 de 2012

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín50177

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el Decreto 0029 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de Colombia, mediante Ley 1372 del 7 de enero de 2010 aprobó el "Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la Confederación Suiza", hecho en Ginebra, a los 25 días del mes de noviembre de 2008; el "Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la República de Islandia", hecho en Ginebra, a los 25 días del mes de noviembre de 2008; y el "Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y el Reino de Noruega", hecho en Ginebra, a los 25 días del mes de noviembre de 2008".

Que para dar cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la Confederación Suiza se expidió el Decreto 0029 de 12 de enero de 2012.

Que en el Decreto 0029 de 12 de enero de 2012, capítulo Quinto - Acuerdo Complementario sobre Agricultura entre la República de Colombia y la Confederación Suiza - Sección B, se establecieron los contingentes de importación libres de arancel para las mercancías clasificadas en las subpartidas 0406.10.00.00; 0406.30.00.00, 0406.90.40.00; 0406.90.50.00; 0406.90.60.00 y 0406.90.90.00, con sus correspondientes categorías de desgravación y cantidades.

Que el mencionado decreto en su artículo 58 señala que los contingentes arancelarios establecidos en el Programa de Desgravación a los que se refiere ese decreto, para las importaciones de quesos originarios de la Confederación Suiza y el Principado Liechtens-tein, serán reglamentados y administrados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (Minagricultura), de conformidad con la facultad otorgada por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior en su sesión 232.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Contingente de importación.

Los contingentes de importación para el año 2017 de productos originarios de la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein establecidos en el Decreto 0029 de 2012, que reglamenta y administra la presente resolución, corresponden a:

a) Cien (100) toneladas de queso fresco (sin madurar), incluido el del lactosuero, y requesón clasificado por la subpartida arancelaria 0406.10.00.00;

b) Trescientas catorce (314) toneladas de queso fundido, excepto el rallado o en polvo clasificado por la subpartida arancelaria 0406.30.00.00;

c) Trescientas catorce (314) toneladas para los demás quesos clasificados por las subpartidas arancelarias 0406.90.40.00, 0406.90.50.00, 0406.90.60.00 y 0406.90.90.00.

Artículo 2º Asignación del contingente.

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Oficina de Asuntos Internacionales, asignará los contingentes establecidos en el artículo anterior, de la siguiente manera:

Subpartida Arancelaria Producto Grupo 1 Asignación del 75% Grupo 2
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