Resolución número 0000789 de 2018, por la cual se fijan los lineamientos para la conformación de Alianzas Logísticas Regionales - 20 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 714877433

Resolución número 0000789 de 2018, por la cual se fijan los lineamientos para la conformación de Alianzas Logísticas Regionales

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín50570

El Ministro de Transporte, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 46 y 59 numeral 9 de la Ley 489 de 1998, artículo 2.4.5.3 del Decreto número 1079 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Capítulo I del Título II de la Constitución Política y con la Ley 16 de 1972, por la cual se aprueba la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, el Estado debe ser el garante de la universalidad de los derechos, entre ellos la libre circulación por el territorio nacional, el trabajo, el desarrollo económico progresivo y la libertad;

Que los artículos 103 y 270 de la Constitución Política, 32 de la Ley 489 de 1998 modificada por el artículo 78 de la Ley 1474 de 2011 y 59 numeral 9 de la Ley 489 de 1998, disponen una estructura de participación ciudadana y definen un conjunto de principios de coordinación y convocatoria en relación con la articulación de los actores públicos y privados que puedan participar objetivamente en el conocimiento y discusión de las decisiones públicas que la rigen o afectan;

Que la Constitución Política consagra en sus artículos 20 y 78, el Derecho Fundamental de informar y recibir información veraz e imparcial y que a su vez la ley regulará dicha información. El derecho a la información subyace a la idea misma de una sociedad democrática;

Que el artículo 334 de la Constitución Política señala que el Estado intervendrá en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía y para promover la productividad y competitividad y el desarrollo armónico de las regiones;

Que el numeral 2 del artículo de la Ley 105 de 1993, establece que la operación del transporte público en Colombia es un servicio público bajo la regulación del Estado, quien ejercerá el control y la vigilancia necesarios para su adecuada prestación, en condiciones de calidad, oportunidad y seguridad;

Que en el artículo 5º de la citada Ley 105 de 1993, modificado por el artículo 1º de la Ley 276 de 1996, dispone como atribución del Ministerio de Transporte, en coordinación con las diferentes entidades sectoriales, la definición de las políticas generales sobre el transporte y el tránsito;

Que la Ley 1682 de 2013, en su artículo 69, le otorgó al Ministerio de Transporte la facultad de establecer corredores logísticos de importancia estratégica para el país, y de reglamentar, de manera conjunta con los municipios comprendidos dentro de un corredor estratégico, el flujo de carga dentro de dicho corredor;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, "Todos por un nuevo país", en sus bases establece la creación de nuevos instrumentos en materia de arquitectura institucional que permitan realizar labores de gestión y promoción de proyectos industriales y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR