Resolución número 00013583 de 2017, por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico al interior del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, para la vigencia 2017 y se dictan otras disposiciones - 17 de Noviembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 697107269

Resolución número 00013583 de 2017, por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico al interior del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, para la vigencia 2017 y se dictan otras disposiciones

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín50420

El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 90 de la Constitución Política de Colombia, establece "El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que lo sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquel deberá repetir contra este".

Que el artículo 209 ibídem determina que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que el Decreto número 1069 de 2015, en su artículo 2.2.4.3.1.2.1, establece que las normas sobre comités de conciliación son de obligatorio cumplimiento para las entidades de derecho público, los organismos públicos del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles.

Que a su vez el artículo 2.2.4.3.1.2.2 del mencionado decreto, determina que el Comité de Conciliación es una instancia administrativa que, actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad. Igualmente, decidirá en cada caso específico, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes, evitando lesionar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR