Resolución número 000155 de 2014, por la cual se declara la urgencia manifiesta - 30 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 551358394

Resolución número 000155 de 2014, por la cual se declara la urgencia manifiesta

EmisorVarios - Contraloría General de la República
Número de Boletín49380

El Contralor General de la República, en ejercicio de sus facultades, especialmente las establecidas en los artículos 267 y 268 de la Constitución Política y 42 y 43 de la Ley 80 de 1993, y

CONSIDERANDO

  1. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 de la Constitución Política, el control fiscal es una función pública que está a cargo de la Contraloría General de la República, entidad de carácter técnico con autonomía administrativa y presupuestal, que vigila la gestión fiscal de la Administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación.

  2. Que el artículo 268 de la Constitución Política establece las funciones a cargo del Contralor General de la República, tales como prescribir los métodos y la forma de rendir cuenta de los responsables del manejo de fondos o bienes de la Nación e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deberá seguirse para revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario; determinar el grado de eficiencia, eficacia y economía de los responsables del erario; llevar un registro de la deuda pública de la Nación y de las entidades territoriales; exigir informes sobre la gestión fiscal a los empleados oficiales de cualquier orden y a toda persona o entidad pública o privada que administre fondos o bienes de la Nación; presentar informes al Congreso y al Presidente de la República sobre el cumplimiento de sus funciones y certificar acerca de la situación de las finanzas del Estado según lo previsto en la Ley; conceptuar sobre la calidad y eficiencia del control fiscal interno de las entidades y organismos del Estado; dictar normas generales para armonizar los sistemas de control fiscal de todas las entidades públicas del orden nacional y territorial, presentar ante la Cámara de Representantes para su examen y fenecimiento la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro y auditar y dictaminar el Balance de la Hacienda que elabore el Contador General de la Nación para su presentación ante el Congreso de la República.

  3. Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

  4. Que mediante el Contrato 233 de 2012, la Contraloría General de la República y la sociedad Proyectos y Desarrollos I S. A., celebraron el contrato estatal de arrendamiento de la actual sede en que funciona la entidad en la ciudad de Bogotá, el cual vence el 31 de diciembre de 2014.

  5. Que al momento de la posesión del actual Contralor General de la República, no se contaba con asignación presupuestal ni para el año 2014, ni para la vigencia del año 2015, que tuviera por objeto la adquisición o localización de una sede para el ejercicio permanente de las funciones de la Contraloría General de la República, tal como se corrobora con la certificación expedida por el Coordinador de Gestión Contable encargado de las funciones de la Dirección Financiera de la Contraloría General de la República, la cual hace parte integral del presente acto administrativo.

  6. Que dentro del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal de 2015, se hizo una asignación en una cuantía parcial de $80.000 millones de pesos solo para adquirir una sede pura y simple, como se acredita con la certificación expedida por el Coordinador de Gestión Contable encargado de las funciones de la Dirección Financiera de la Contraloría General de la República, la cual hace parte integral del presente acto administrativo.

  7. Que la Contraloría en la actualidad, año 2014, frente a las disposiciones del Estatuto Orgánico de Presupuesto y del Estatuto General de Contratación Estatal, no está facultada jurídicamente para adquirir sede propia, pues no cuenta ni con presupuesto actual ni con presupuesto suficiente para obtener un sitio con todos los medios logísticos, tecnológicos y operacionales que le permita funcionar sin interinidades de ninguna índole.

  8. Que la Fiscalía General de la Nación remitió al señor Ministro de Hacienda y Crédito Público el oficio de 27 de agosto de 2014, en el que advierte la situación en la cual, en su sentir, se encontraba el inmueble, así:

    "La Fiscalía General de la Nación ha tenido conocimiento a través de los medios de comunicación, que el Gobierno aprobó la compra del edificio dondefunciona actualmente la Contraloría General de la República, ubicada en el Centro Comercial de Gran Estación 2.

    Conforme a lo anterior y teniendo en cuenta las políticas de prevención del delito de Lavado de Activos, me permito informarle oficialmente que en la actualidad la Dirección Nacional de la Fiscalía Especializada en Extinción de Dominio se encuentra adelantando una Investigación de Extinción de Dominio relacionada con la construcción del Centro Comercial Gran Estación, en atención a que se tiene evidencia que al parecer algunas empresas de la familia Guberek Grimberg, cuyos miembros fueron extraditados por el delito de Lavado de activos, y que en la actualidad pertenecen al empresario Alberto Aroch Mugrabi, participaron en la construcción del complejo comercial.

    Lo anterior, para su conocimiento y fines que estime pertinentes".

  9. Que ya la Contraloría no cuenta con la disponibilidad y dotación de las anteriores sedes localizadas en la Torre de la carrera 10 con Calle 17 y en el Edificio Crisanto Luque, que ocupó por más de 40 años.

  10. Que de conformidad con certificación de la Gerente Administrativa y Financiera, la entidad adelanta desde comienzos del mes de octubre del presente año, un proceso de auscul-tamiento del mercado inmobiliario para establecer la disponibilidad de bienes inmuebles con las características del requerido para albergar a 2.200 funcionarios del Órgano de Control. No sobra recordar que adicionalmente la sede en la que deba funcionar el organismo de control requiere la dotación y la adecuación de las condiciones funcionales y tecnológicas necesarias para el adecuado cumplimiento de su función pública.

  11. Que todas las actividades adelantadas por la Gerencia Administrativa y Financiera sobre el particular, se encuentran soportadas en las certificaciones emitidas por la Jefe de dicha Dependencia y que forman parte integral del soporte del presente acto administrativo.

  12. Que luego del resumen de las actividades llevadas a cabo desde la posesión del actual Contralor, la certificación de la Gerencia Administrativa y Financiera concluye:

    "Ante la imperiosa necesidad del traslado de la sede del nivel central de la CGR, se requiere de manera urgente la adopción de medidas que permitan llevar a cabo contrataciones tendientes al arrendamiento y/o comodato de espacios funcionales, adecuación de inmuebles, arrendamiento de inmobiliario, transporte y embalaje de bienes, mantenimiento operativo y todos aquellos necesarios para trasladar las instalaciones de esta entidad en su nivel central".

  13. Que como consecuencia de lo anterior, esto es la imposibilidad de obtener en el mediano plazo un inmueble de manera definitiva o estable, el Contralor General de la República propuso al arrendador renegociar un nuevo contrato con plena observancia de la Ley 80 de 1993 y, además, no contuviera cláusulas contrarias al régimen jurídico de la contratación estatal, tales como las contenidas, entre otras, en el parágrafo 2º de la Cláusula Sexta, Clausula Novena literal i); y Décimo Tercera del Contrato de Arrendamiento 233 de 2012.

  14. Que en octubre pasado, el Contralor General de la República, ante las exhortaciones del Fiscal General y ante la existencia de actuaciones penales sobre el referido inmueble,

    remitió una solicitud al Despacho del señor Vicefiscal General, en el sentido de adoptar o solicitar la adopción, dentro de las actuaciones de ese Ente Investigador, de medidas cautelares o provisorias, que permitieran a la Contraloría General, permanecer en la sede actual, mientras se agotaban los esfuerzos para la consecución de sede propia y definitiva. En tal comunicación en la que pone de presente la situación extraordinaria a la que se enfrentará la Contraloría y sus más de 2.200 funcionarios del nivel central, el 1º de enero de 2015, se dijo:

    "En la actualidad el Despacho a mi cargo ha emitido las correspondientes instrucciones para que se adelanten las acciones administrativas de planeación contractual que debe desplegar la Contraloría General de la República para ocupar o adquirir de manera temporal o definitiva el inmueble necesario para su sede. Se trata de determinaciones que exigen no solo la consecución y apropiación de recursos presupuestales, la elaboración de estudios sobre inmuebles de la magnitud requerida para albergar todas las dependencias centrales y el mencionado número de funcionarios, la adecuación de Oficinas y muebles entre otras determinaciones, a parte de los respectivos procesos contractuales.

    Acciones que se deben concretar en el tiempo que sea necesario tanto en lo legal como en lo técnico y financiero, pero sin afectar el normal funcionamiento de la Contraloría General, fundamentalmente, porque estos procedimientos podrían no culminar antes del 31 de diciembre próximo.

    Por todo lo anterior, en relación con las posibles actuaciones que la Fiscalía General de la Nación adelante en la actualidad y que puedan afectar o incidir en el contrato de...

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