Resolución número 00015948 de 2016, por medio de la cual se modifica la Resolución número 1026 de 1999 'por la cual se establecen las medidas sanitarias para la prevención y control de la Encefalitis Equina Venezolana - 11 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 653305097

Resolución número 00015948 de 2016, por medio de la cual se modifica la Resolución número 1026 de 1999 'por la cual se establecen las medidas sanitarias para la prevención y control de la Encefalitis Equina Venezolana

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín50054

El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas el numeral 4 del artículo 2.13.1.5.1 del Decreto número 1071 de 2015, el artículo 4º del Decreto número 3761 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), es el responsable de coordinar las acciones relacionadas con los programas de prevención, control, erradicación y

manejo de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria o de interés económico nacional o local, para lo cual puede establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, el control, la erradicación o el manejo técnico y económico de plagas y enfermedades de los animales y de sus productos;

Que la Encefalitis Equina Venezolana es una enfermedad de especial importancia para la salud pública debido a la posibilidad de su transmisión entre los animales y el hombre;

Que esta zoonosis es de alto impacto social y económico por los trastornos que produce a la salud humana, provocando en ocasiones incapacidad laboral, secuelas neurológicas permanentes y posibles trastornos reproductivos;

Que el Instituto emitió la Resolución número 1026 del 3 dejunio de 1999 "por la cual se establecen medidas sanitarias para la prevención y control de la Encefalitis Equina Venezolana" y en el artículo 1º de la Resolución número 1026 de 1999 se estableció la vacunación obligatoria de los caballares, mulares y asnales contra la Encefalitis Equina Venezolana en las áreas por debajo de 1.200 msnm, en las diferentes regiones del territorio nacional;

Que se hace necesario modificar el área establecida como obligatoria para la vacunación, teniendo en cuenta que se ha evidenciado la adaptación del vector de la enfermedad por encima de los 1.200 msnm, evidenciando la afectación de animales y personas con Encefalitis Equina Venezolana por encima de los 1.200 msnm.;

Que, en virtud de lo...

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