Resolución número 0001918 de 2015, por la cual se establecen condiciones para el transporte de petroquímicos, asfaltos, hidrocarburos y sus derivados a granel, en embarcaciones fluviales tipo Bote Tanque, Embarcaciones Autopropulsadas y Artefactos Fluviales por las vías fluviales en todo el territorio nacional - 23 de Junio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 575850474

Resolución número 0001918 de 2015, por la cual se establecen condiciones para el transporte de petroquímicos, asfaltos, hidrocarburos y sus derivados a granel, en embarcaciones fluviales tipo Bote Tanque, Embarcaciones Autopropulsadas y Artefactos Fluviales por las vías fluviales en todo el territorio nacional

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín49552

La Ministra de Transporte, en ejercicio de las facultades legales y en especial la consagrada en el artículo 6º numeral 6.3 del Decreto 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 79 de la Constitución Política establece que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

Que el Decreto 2049 de 1956, establece las normas y reglas que regulan la construcción, inspección, reparación y clasificación de todas las unidades fluviales que naveguen en los ríos, canales, lagos, y lagunas del territorio nacional.

Que el literal e) del artículo de la Ley 105 de 1993, dentro de los principios fundamentales, establece "La seguridad de las personas constituye una prioridad del Sistema y del Sector Transporte".

Que igualmente el numeral 2 del artículo de la Ley 105 de 1993, señala: "La operación del transporte público en Colombia es un servicio público bajo la regulación del Estado, quien ejercerá el control y la vigilancia necesarios para su adecuada prestación, en condiciones de calidad, oportunidad y seguridad".

Que el artículo 1º de la Ley 1242 de 2008 establece como objetivo de la navegación fluvial proteger la vida y el bienestar de todos los usuarios del modo fluvial, promover la seguridad en el transporte fluvial y en las actividades de navegación y operación portuaria fluvial, resguardar el medio ambiente de los daños que la navegación y el transporte fluvial le puedan ocasionar, desarrollar una normatividad que fomente el uso del modo de transporte fluvial, procurando su viabilidad como actividad comercial; promover un sistema eficiente de transporte fluvial, garantizando el cumplimiento de las obligaciones pactadas en acuerdos multilaterales y bilaterales respecto de la navegación y el transporte fluvial, promover la armonización de prácticas de navegación y establecer un sistema de inspección efectivo.

Que es necesario, establecer condiciones para el transporte de petroquímicos, asfaltos, hidrocarburos y sus derivados a granel, en embarcaciones tipo Bote Tanque, embarcaciones autopropulsadas y Artefactos Fluviales, con el propósito de garantizar la seguridad de los usuarios de las vías fluviales y la protección del medio ambiente.

Que el contenido de la presente resolución, fue publicado en la página web del Ministerio de Transporte, en cumplimiento de lo determinado en el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011, desde el día 8 de abril de 2015 hasta el día 12 de junio del año en curso, con el objeto de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR